Comenzó la veda electoral: desde cuándo rige y qué implica
Los detalles sobre qué significa y cuáles son los alcances de la habitual suspensión de las campañas antes de los comicios.
Este domingo Javier Milei y Sergio Massa dirimirán la Presidencia de la Nación y tal como es habitual, finalizaron las campañas y los mensajes con tono electoral. Así, comenzó la llamada veda, que implica dos días sin actos de propaganda política de cara a las elecciones generales.
Tal como establece el artículo 31 de Ley 26.571 y que ratifica el cronograma publicado por la Dirección Nacional Electoral, desde este viernes a las 8 hasta el cierre de los comicios del domingo quedó prohibido “realizar actos públicos, proselitismo, publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales”.
En el caso puntual de la prohibición de publicar “resultados de encuestas o sondeos de opinión o pronósticos electorales”, la veda comenzó ocho días antes de las elecciones generales y tiene vigencia hasta tres horas después de la finalización de los comicios.
Ahora bien, ¿qué otras actividades están prohibidas durante la veda? El artículo 71 del Código Electoral Nacional establece ciertas restricciones tanto para los candidatos como para los votantes.
Durante la veda no sólo se prohíbe realizar actos políticos públicos, sino también ofrecer a los electores boletas de sufragio en un radio de 80 metros de las mesas de votación.
En esa zona de alcance tampoco se podrán realizar reuniones de electores o depósito de armas durante las horas que duren los comicios, ni abrir organismos partidarios.
A su vez, desde las 20 del sábado y hasta las 21 del domingo se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas, como así también la portación de armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.
En cuanto a los espectáculos populares, ya sean al aire libre o en interiores, quedan prohibidos durante el desarrollo de los comicios y hasta tres horas después de su finalización, al igual que toda reunión pública que no esté relacionada con el acto electoral.