En el marco del nuevo proyecto de ley enviado al Congreso de Nación por el Poder Ejecutivo, la Cámara baja quedaría conformada de diferente forma si los legisladores aprueban su artículo 450, de los 664 que lo componen. De acuerdo con ese punto, "el número de diputados nacionales a elegir será de uno por cada 180.000 habitantes o fracción no menor de 90.000”. Pero, ¿qué significa esto provincia por provincia?

El nuevo texto implica una modificación al artículo tercero de la Ley 22.847, y con escasos tres renglones totales del documento de 351 páginas generará -en caso de aprobarse- un cambio radical en la estructura del recinto legislativo.

Con este ítem del proyecto, el Presidente busca eliminar el mínimo de cinco legisladores para cada provincia o distrito que rige desde 1983 y que fija que “el número de diputados nacionales a elegir será de uno por cada 161.000 habitantes o fracción no menor de 80.500”. 

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“A dicha representación se agregará, por cada distrito, la cantidad de tres (3) diputados, no pudiendo en ningún caso ser menor de cinco (5) diputados ni inferior a la que cada distrito tenía al 23 de marzo de 1976. El Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sud, elegirá dos (2) diputados”, concluye el ítem de la normativa vigente, la cual busca reemplazar el proyecto de Javier Milei.

Las “Bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”, tal como tituló el mandatario a su proyecto de “ley ómnibus” presentado a 17 días de asumir el Gobierno, reducirían el total de Diputados de 257 a 255, generando cambios en las representaciones provinciales de acuerdo a este concepto ligado a la cantidad de habitantes por área o "densidad poblacional".

El desglose, distrito por distrito, que realizó el Centro de Investigación para la Calidad Democrática (Foto: @Cicadok).
El desglose, distrito por distrito, que realizó el Centro de Investigación para la Calidad Democrática (Foto: @Cicadok).

El mayor impacto, al basarse en el criterio de densidad de la población en cada área, recaería sobre 16 jurisdicciones de las 24 que componen al país (23 provincias más la ciudad de Buenos Aires). Así, el Ejecutivo propuso reducir el número de legisladores para aquellas con la menor cantidad de habitantes y aumentar el de las zonas más densamente pobladas.

De esta forma, las provincias que incrementarían su cantidad de diputados serían Buenos Aires, Córdoba, Mendoza, Salta, Santa Fe y Tucumán; mientras que otros distritos perderían legisladores en relación con su número actual y dos se mantendrían en el mismo nivel.

Dentro de las más afectadas por la reducción de representantes se encuentra la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que cuenta actualmente con 25 legisladores y pasaría a tener 17, ya que se elimina el piso de 25 que rige hoy en día.

En caso de aprobarse, verían también un impacto directo en la merma de sus legisladores: Tierra del Fuego, Santa Cruz, La Pampa, La Rioja, Catamarca, San Luis, Chubut, Formosa, Neuquén, Río Negro, Jujuy, San Juan, Santiago del Estero, Chaco y Entre Ríos.

El detalle de los porcentajes de representación provincial en Diputados, en caso de aprobarse la propuesta de Milei (Foto: @Cicadok)
El detalle de los porcentajes de representación provincial en Diputados, en caso de aprobarse la propuesta de Milei (Foto: @Cicadok)

“En cuanto al peso político de cada distrito, PBA (Provincia de Buenos Aires) aumentaría sustancialmente su representación llegando a casi el 40% del recinto. CABA dejaría de ser la 2° y pasaría a ser la 4°. Córdoba crece, al igual que Santa Fe, Mendoza, Tucumán, Salta y Misiones. Las demás, pierden todas”, puntualizó el Centro de Investigación para la Calidad Democrática (CiDAC), que difundió su análisis apenas conocido el proyecto de ley.

El cálculo indica que la provincia de Buenos Aires tendría 27 diputados más; Córdoba, tres; y Santa Fe, Mendoza, Tucumán y Salta sumarían uno más cada una. En tanto, Corrientes y Misiones conservarían su proporción actual.