El Gobierno oficializó este lunes la derogación de la cédula azul por entender que ese instrumento, que autorizaba a un tercero a conducir un vehículo a nombre de otra persona, "carecería de sustento y aplicación prácticos" tras establecerse en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 el "no vencimiento de la cédula verde".

La decisión, que había sido adelantada días atrás por el ministerio de Justicia fue formalizada a través de la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA) publicada en el Boletín Oficial.

De esta forma, a partir de ahora la única cédula necesaria para manejar un vehículo es la verde, que ya no tiene fecha de caducidad. A su vez, se requiere el Documento Nacional de Identidad (DNI), la Licencia Nacional de Conducir, el comprobante de seguro y la Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV) vigentes.

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En tanto, el vehículo deberá contar con chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado, como así también con matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.

Al formalizar su decisión, el Poder Ejecutivo señaló que la "Cédula de Identificación para autorizado a conducir", identificada con el color azul, "constituyó un instrumento por el cual el titular de un dominio puede habilitar a un tercero para circular con el vehículo".

Sin embargo, señaló que al establecerse en el DNU 70/2023 "el no vencimiento de las Cédulas de Identificación" del Automotor o Motovehículo (verde), su existencia "carecería de sustento y aplicación prácticos, razón por la cual deviene pertinente proceder a la derogación".

Pese a esta disposición, tanto las cédulas verdes con fecha de caducidad en su formato físico como las  azules emitidas previamente continuarán siendo válidas sin vencimiento hasta que el titular decida su revocación o de haber un cambio de titularidad del vehículo.

La emisión de la Identificación del Automotor o Motovehículo se dará cuando haya una inscripción inicial o transferencia del rodado; ante una comunicación de recupero; cambio de radicación, domicilio o denominación de la persona jurídica en caso de que sea titular registral.

A su vez, se expedirá este documento al practicarse un cambio de motor, chasis o cuadro; o de haber una rectificación del nombre o apellido del titular o de otro dato consignado, como así también al disponer la reposición de placas metálicas, al haber una modificación de uso y al practicarse la inscripción a nombre de una sociedad en formación y, en su caso, la inscripción definitiva a nombre de la persona jurídica, una vez constituida la sociedad.

En todos los supuestos, el Registro expedirá una Cédula en formato digital, que estará disponible en el Perfil Digital del Ciudadano de la aplicación "Mi Argentina"; y físico, que quedará a disposición dentro del Legajo del dominio para su retiro por parte del peticionario.