La Justicia dictó otra cautelar contra la reforma laboral del megadecreto luego de un amparo de la CTA
La Cámara Nacional del Trabajo se expresó en la misma dirección que el miércoles, cuando había dado lugar a un recurso de la CGT.
La Cámara Nacional del Trabajo dictó este jueves una nueva medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente Javier Milei.
La Justicia le dio la razón a un amparo presentado por la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA) que conduce Hugo Yasky, en sintonía con la resolución del miércoles frente al recurso interpuesto por la Confederación General del Trabajo (CGT).
La nueva resolución fue tomada por la Sala de Feria, integrada por los jueces Alejandro Sudera , Andrea García Vior y María Dora González. Los primeros dos coincidieron en su dictamen y resolvieron “disponer la suspensión cautelar de los efectos del DNU 70/2023 en lo que hace a la operatividad de las previsiones contenidas en su Título IV (TRABAJO -arts. 53 a 97-) hasta tanto se dicte resolución sobre el fondo”. En tanto, la tercera integrante de la sala no votó.
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En la primera parte del fallo, los jueces aceptaron intervenir ante el planteo de la CTA y rechazaron enviar la causa al fuero contencioso administrativo, como pretende el Gobierno nacional.
“En el caso planteado se dan a mi ver circunstancias graves y objetivamente impostergables que justifican la asunción de la competencia y la habilitación de la vía elegida en tanto la aptitud jurisdiccional de esta Justicia Nacional del Trabajo para entender en la contienda resulta inobjetable, no sólo en base a las normas procesales antes mencionadas que definen su ámbito material de actuación, sino también por su especial versación en materia de derecho social”, señaló la jueza García Vior en su voto.
“A diferencia de la causa que tramita en el juzgado contencioso administrativo federal, en la presente se encontrarían en juego derechos que hacen a la esencia de las relaciones dependientes, a la libertad y dignidad de las personas que trabajan, a los principios protectorios, de irrenunciabilidad, de igualdad de trato y no discriminación y de conservación del contrato que estructuran la especialidad y, a su vez, se pondría en jaque la principal vía de tutela a la que pueden recurrir los trabajadores ante su incapacidad negocial a nivel individual, que no es otra que la acción sindical”, sostuvo la magistrada.
Tal como comunicaron el miércoles desde la Procuración del Tesoro con respecto al pedido de la CGT, se prevé que esta resolución también sea apelada mediante un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia.
No obstante, ante un planteo del Gobierno de La Rioja, el Máximo Tribunal determinó que no intervendrá hasta después de la feria judicial y una vez que haya dictaminado el Procurador General de la Nación.