Noviembre de 2017. En pijama, Amado Boudou es detenido en su casa de Puerto Madero por orden del juez Ariel Lijo en una causa por asociación ilícita y lavado de activos. Su esposa embarazada y su suegra miran la situación y Prefectura saca una serie de fotos que rápidamente se viralizan. En el medio, y como para asegurarse el resultado, Lijo lo procesa por otra causa por unos supuestos viáticos adulterados y le tira con otra preventiva.

Enero de 2018. Después de muchísimo resquemor judicial y entre varias críticas a la mal llamada “doctrina Irurzun”, Boudou es liberado por una Cámara Federal con una composición extravagante y durante la feria judicial. En ese momento, tuvieron en cuenta que no había peligro de fuga ni entorpecimiento de la investigación en ninguno de los expedientes.

Agosto de 2018. Terminaba el juicio por la imprenta Ciccone y en Comodoro Py se rumoreaba sobre una posible detención del ex vicepresidente. La situación era rara porque las detenciones se ordenan y se cumplen cuando la sentencia queda firme. No obstante, y por dos votos contra una, Boudou volvió a Ezeiza. Ni siquiera el fiscal de juicio, que le pidió una condena bastante alta, había solicitado que vaya directamente a la cárcel.

Diciembre de 2018. En Ciccone 2, Lijo procesa a Echegaray y de alguna manera cierra la posibilidad de que los condenados puedan entorpecer la investigación. A este dato clave se le suma el cambio de conformación del Tribunal que condenó a Amado: Pablo Bertuzzi fue “premiado” por el Gobierno y pasó a integrar la Cámara Federal. Dos juezas  consideran entonces que Boudou debe esperar la confirmación (o no) de su condena en libertad. Con tobillera electrónica, controles y algunas restricciones más, vuelve a su departamento de Barracas. Nestor Costabel mantuvo su voto sobre los posibles contactos residuales en el poder y un probable entorpecimiento.

Febrero de 2019. Por supuesto que la historia no iba a quedar así. La Oficina Anticorrupción y la Unidad de Información Financiera se quejan de la situación y llevan todo a la Cámara de Casación. De acuerdo al Código Procesal, las querellas no tienen la potestad para intervenir en excarcelaciones. Eso mismo recordó el fiscal de Casación pero a Comodoro Py poco le importa el tema y con los votos de Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinsky, se ordenó el regreso al penal de Ezeiza. La (no) doctrina Irurzun aún vive.