Congelamiento de empleados estatales: los detalles del decreto que prohíbe nuevas contrataciones hasta 2023
Cuáles son los organismos del Estado sobre los que recae la medida y cuáles son las excepciones.
En la mañana de este viernes se oficializó una medida que la nueva ministra de Economía, Silvina Batakis, anunció en las primeras horas de su gestión: el prohibición de nuevas contrataciones de personal estatal en –casi– todas las áreas del Estado. En clave fiscalista, la flamante funcionaria avanza hacia su programa de austeridad y reducción de gastos en las cuentas públicas. ¿Cuáles son los puntos clave de la medida?
• Congelamiento. El decreto 426/2022 publicado en el Boletín Oficial con las firmas de Alberto Fernández, Silvina Batakis y Juan Manzur estableció en congelamiento en el ingreso de nuevos empleados en la Administración Central y los organismos descentralizados del Estado Nacional, incluyendo también a las instituciones de la Seguridad Social, hasta 2023.
• En detalle. Así, la disposición dejó sin efecto una serie de modalidades como: designaciones a término en planta transitoria; contrataciones por tiempo determinado para prestar servicios de carácter transitorio o estacional; contrataciones por tiempo indeterminado, a plazo fijo, a tiempo parcial y trabajo eventual; contrataciones para la prestación de servicios profesionales autónomos; designaciones transitorias en cargos simples de planta permanente; contrataciones de personal con o sin relación de dependencia.
• Dónde. Además de la Administración Central, el decreto contempla a todos los entes públicos con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio en los que el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones. Lo mismo aplicará para a aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.
• Argumentos. El documento publicado en el Boletín Oficial justifica que "resulta adecuado adoptar diversas medidas con miras a garantizar un ejercicio eficiente y responsable del presupuesto nacional, en lo que hace a la contratación de personal". Un precepto muy alineado a las primeras declaraciones y medidas de Batakis, que buscarán un mayor equilibrio en las cuentas fiscales.
• Excepciones. Por otra parte, el congelamiento no se aplicará a un grupo de órganos especificados en el DNU, tales como: el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología; el cuerpo diplomático del país; las universidades; el personal de Guardaparques Nacionales; el Sistema Nacional de Manejo del Fuego; los profesionales de hospitales, personal penitenciario, fuerzas armadas y de seguridad.
• Otras excepciones. Asimismo, se podrá cubrir cargos o contrataciones “que no puedan postergarse por su especificidad técnica, profesional, criticidad o riesgo operativo”. Por ejemplo, en una renuncia, jubilación, retiro voluntario, cancelación de las designaciones transitorias en cargos simples de Planta Permanente y en las Plantas Transitorias, conclusión o rescisión del contrato, sanción expulsiva o fallecimiento producidos durante los años 2021 y 2022, se podrá “disponer del cargo o de la partida presupuestaria asignada a la modalidad contractual de que se trate”. Sin embargo, deberá fundamentarse la decisión, que tendrá que validarse por la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete. También se mantendrán excepciones para la cobertura de cargos o contrataciones que hagan al cumplimiento del cupo de discapacidad y de personas travestis, transexuales y transgénero.