El Gobierno publicó la reglamentación de la ley de Blanqueo de Capitales y Moratoria Fiscal
Lo hizo a través del Decreto 608, publicado este viernes en el Boletín Oficial. Los plazos y las condiciones para la adhesión de los contribuyentes al régimen.
El Gobierno nacional publicó este viernes en el Boletín Oficial el decreto reglamentario de la Ley 27.743, conocida como Blanqueo de Capitales y Moratoria Fiscal.
Esta normativa estableció las condiciones y procedimientos para la implementación del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, así como el Régimen de Regularización de Activos.
Entre los puntos más destacados se encuentra la definición de los plazos para la adhesión, la cual podrá ser manifestada por los contribuyentes, quienes también deberán realizar el pago adelantado obligatorio, hasta el 31 de julio de 2025. Además, se determinó que el tipo de cambio para determinar la base imponible será de $1.000 por dólar estadounidense.
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El decreto también aclaró aspectos sobre la regularización de criptomonedas y activos virtuales, estableciendo que estos se considerarán del país si están en custodia de proveedores de servicios inscriptos ante la Comisión Nacional de Valores.
En cuanto al Régimen Especial del Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), la reglamentación detalló cómo se determinará la residencia fiscal de los contribuyentes y las condiciones para la adhesión al régimen.
Asimismo, se incluyeron disposiciones sobre el tratamiento de las donaciones y transferencias de bienes a familiares, estableciendo un impuesto adicional para evitar maniobras elusivas.
La normativa encomendó a la AFIP la publicación de los montos actualizados de los mínimos no imponibles y escalas del impuesto sobre los Bienes Personales para los períodos fiscales 2024, 2025 y 2026.