El Gobierno oficializó la disolución de la AFIP, que se despidió con una prórroga de anticipos de Ganancias
Asimismo, se designó por decreto a las autoridades de la nueva Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Las nuevas fechas establecidas por la última resolución del ahora extinto ente recaudador.
El Gobierno nacional formalizó la disolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante el Decreto 953/2024 y anunció la creación de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), bajo la órbita del Ministerio de Economía. Esta nueva entidad tendrá a su cargo la gestión de los recursos tributarios y aduaneros con una estructura simplificada que buscará mejorar la eficiencia.
Según la normativa, la nueva agencia se propone como una solución para mejorar el control tributario y aduanero mediante una operatividad más ágil, en línea con las políticas de reorganización y transparencia administrativa impulsadas por el Poder Ejecutivo.
En complemento, el Decreto 954/2024 designó a Florencia Lucila Misrahi como Directora Ejecutiva de la ARCA, quien estará a cargo del organismo por un período de cuatro años.
Andrés Edgardo Vázquez asumirá como Director General de la Dirección General Impositiva, mientras que José Andrés Velis fue nombrado como Director General de la Dirección General de Aduanas.
Asimismo, en la última decisión como Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), el organismo modificó los vencimientos para el pago de los anticipos del impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes a 2024.
Lo hizo a través de Resolución General Nº 5592/2024. La misma también fue publicada este viernes en el Boletín Oficial, pero como tiene fecha del jueves, aún lo hizo en su condición de AFIP.
La comunicación oficial detalló que "con relación al ingreso del primer anticipo no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos". En tanto, el vencimiento de la declaración jurada queda estipulado para mayo de 2025.
El cronograma es el siguiente:
Primer Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 13/11/2024
Terminación CUIT 4-6: 14/11/2024
Terminación CUIT 7-9: 15/11/2024
Segundo Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 13/12/2024
Terminación CUIT 4-6: 16/12/2024
Terminación CUIT 7-9: 17/12/2024
Tercer Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 13/02/2025
Terminación CUIT 4-6: 14/02/2025
Terminación CUIT 7-9: 17/02/2025
Cuarto Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 13/03/2025
Terminación CUIT 4-6: 14/03/2025
Terminación CUIT 7-9: 17/03/2025
Quinto Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 14/04/2025
Terminación CUIT 4-6: 15/04/2025
Terminación CUIT 7-9: 16/04/2025
En el caso de Bienes Personales, las fechas de vencimiento del primer y segundo anticipo para el período fiscal 2024 fueron modificadas, dado que originalmente vencían en agosto y octubre de 2024.
Primer anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 14/10/2024
Terminación CUIT 4-6: 15/10/2024
Terminación CUIT 7-9: 16/10/2024
Segundo Anticipo:
Terminación CUIT 0-3: 13/11/2024
Terminación CUIT 4-6: 14/11/2024
Terminación CUIT 7-9: 15/11/2024