La Justicia Federal de Mercedes dejó este martes sin efecto dos artículos del DNU firmado por el presidente Javier Milei que autorizaban el ingreso de las Sociedades Anónimas Deportivas al fútbol argentino y le ordenó al Gobierno no avanzar con esta iniciativa “hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva”.

El juez Elpidio Portocarrero Tezanos hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la Liga de Futbol de Salto y ordenó la “suspensión de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023”.

El artículo 335 ordenaba incorporar en la Ley de Sociedades Anónimas que “no podrá impedirse, dificultarse, privarse o menoscabarse cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, si la misma está reconocida en esta ley y normas complementarias".

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En tanto, el artículo 345 estableció que “las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas dispondrán de un año, contado a partir de la reglamentación del presente, para modificar sus estatutos a efectos de adecuarse a los términos previstos por aquel, lo que deberá ser aplicado sin perjuicio del cumplimiento de los mandatos preexistentes”.

Milei había defendido la incorporación al fútbol de las Sociedades Anónimas Deportivas, al asegurar que facilitaría el ingreso de fuertes inversiones directas en los clubes. 

De hecho, hace unas semanas el Presidente declaró que "hay grupos árabes con deseos de invertir 3.000 millones de dólares”.

El jefe del Estado tiene una estrecha relación con el fútbol. Hincha de Boca, en diciembre pasado acudió a La Bombonera a votar en las elecciones en las que Juan Román Riquelme fue elegido presidente del club.