El máximo tribunal rechazó una última apelación presentada por Christian Omar Algarañaz, quien afirmó que "comenzó a trabajar bajo dependencia laboral de la banda desde octubre de 2005 como operador de sonido".

Tras describir la relación, explicó "que fue despedido verbalmente y mediante correo electrónico" y, en primera instancia, el juez laboral Mariano Candal le dio la razón y ordenó indemnizarlo con más de medio millón de pesos más intereses.

Pero la Cámara Laboral revocó el fallo y desconoció que entre el grupo musical y el sonidista hubiera existido una relación laboral de dependencia.

Los músicos habían argumentado que Algañaraz "prestó servicios como operador de sonido cada vez que fue contratado, en un margen de autonomía".

Para los camaristas Luis Alberto Catardo y Víctor Pesino, el argumento de Los Auténticos Decadentes quedó probado porque "es evidente que el accionante prestaba servicios a otras bandas y/o músicos pudiendo calificarse como empresario o profesional autónomo que ofrecía sus servicios como sonidista a múltiples personas y bandas".

"Corresponde en consecuencia revocar lo decidido en origen y rechazar la demanda en todas sus partes", subrayaron.

Algañaraz apeló ante la Corte Suprema, pero en su último acuerdo el tribunal, con la firma de sus cuatro jueces, la desestimó por cuestiones formales y sin adentrarse en el fondo de la cuestión.

El escueto fallo, de sólo dos párrafos, determinó que Algañaraz no cumplió con un paso burocrático en la presentación del recurso y "por ello, se desestima la presentación directa".