A dos años y medio del inicio de la pandemia de COVID-19, el Gobierno Nacional dispuso el fin del uso obligatorio del barbijo en el transporte público y los espacios cerrados. La medida fue confirmada a través de la Resolución 1849/2022 del Ministerio de Salud, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

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Cuatro claves de la decisión gubernamental

Recomendación: en la norma publicada, si bien se establece la no obligatoriedad del uso del barbijoel Ministerio de Salud recomienda su uso en espacios cerrados, reuniones sociales y en el transporte público. El artículo dos lo sugiere “en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público”. Además, recomienda: "Asegurar la ventilación de los ambientes; mantener la higiene adecuada de manos y, ante la presencia de síntomas, evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas”. 

 Autonomía: el artículo 3 de la Resolución 1849/2022 establece que cada jurisdicción podrá adoptar las recomendaciones pertinentes en función de su situación epidemiológica particular y la estrategia sanitaria planificada. De esta forma, pueden convivir estrategias diferentes al interior del país si los gobiernos provinciales toman distintas medidas sanitarias. 

• Nueva etapa: desde el Gobierno consideran que en este nuevo período de la pandemia se puede plantear que el SARS-CoV-2 es un virus de circulación estacional. También, tienen en cuenta que la inmunidad natural y/o por la vacuna no garantiza su eliminación, por lo tanto se pueden presentar situaciones particulares donde sea necesario establecer el uso de barbijo.

• Herramienta eficaz: pese a la eliminación de su obligatoriedad, en la fundamentación de la Resolución publicada en el Boletín Oficial se hizo hincapié en que  el tapabocas es “una herramienta eficaz para evitar la trasmisión de virus respiratorios de persona a persona y su uso es beneficioso para la prevención de enfermedades estacionales”.