La Legislatura porteña realiza este miércoles un panel de especialistas para debatir el único proyecto de ley con estado parlamentario sobre cannabis medicinal. El mismo propone que los pacientes o sus familiares puedan plantar cannabis con prescripción médica y que exista un registro de cultivadores solidarios.

"Desde que se presentó en 2018, la comisión de Salud nunca lo trató", dice Leandro Halperín, legislador del bloque Evolución y autor del proyecto. "Lo vamos a aprobar tal cual está. Va a ser ley", sostiene. Y considera que este año el proyecto se convertirá en ley dado que "en 2019 conformábamos una minoría y ahora somos parte de una mayoría".

Además de Halperín, estarán los expertos Gloria Juárez, representante de la Asociación Pensamiento Penal Área Política de Drogas; Carlos Magdalena, médico especializado en neuropediatra representante de Procannt; Rosario Gauna Alsina, psicóloga y Arturo Pozzali, Defensor Adjunto del Pueblo.

Marcha a favor del cannabis medicinal. Foto: AFP/ JUAN MABROMATA.
Marcha a favor del cannabis medicinal. Foto: AFP/ JUAN MABROMATA.

El proyecto

El proyecto perdió estado parlamentario a fines de 2019, por lo cual este lunes volvió a presentarse. El objetivo es determinar un marco que regule "el acceso informado y seguro como recurso terapéutico, la investigación, el uso científico y la producción pública del cannabis y sus derivados", mediante esto buscan garantizar y promover el cuidado de la salud.

En uno de sus artículos, establece la incorporación al Sistema de Salud Pública y a la Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires (Ob.S.B.A.) el medicamento de cannabis y sus derivados, de entrega gratuita.

En comparación con la ley nacional 27.350, amplía en qué casos se puede usar el cannabis: tratamientos médicos de convulsiones, crisis motoras, dolores crónicos, náuseas y vómitos derivados de quimioterapia y otras afecciones relacionadas con enfermedades tales como epilepsia refractaria, síndrome de West, cáncer, VIII-SIDA, esclerosis múltiple, autismo y enfermedades psiquiátricas como la esquizofrenia.

Hasta el momento, la Ciudad no adhirió a la ley nacional de "Investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados".

Nación

Por ahora no hay propuestas de ley presentadas por parte del Poder Ejecutivo. Aunque existen proyectos de diputados y "el más avanzado es el de Gabriela Cerruti que incluye el autocultivo", explica el periodista especializado en la temática Emilio Ruchansky . "Desde el ´Acuerdo por la regulación legal del cannabis´ estamos trabajando en un proyecto, desde hace unos meses", sostiene.

La asociación civil continua haciendo investigaciones para presentar una propuesta. "De parte de los parlamentarios hay proyectos que nos parecen bien, pero no son regulaciones completas, incluyen solo la despenalización y el cultivo", afirma el referente del Acuerdo.

A nivel nacional, hay un Anteproyecto para modificar la reglamentación de la ley 27.350 en manos del Ejecutivo. Pero es solo una propuesta para cambiar la reglamentación y no la ley.

La ley nacional de cannabis medicinal

La norma nacional es el primer paso de la legalización del cannabis con fines medicinales. Sin embargo, la ausencia de una adecuada reglamentación hace que la ley no sea operativa.  Por lo tanto, en la mayoría de los casos se condena a personas que cultivan con fines terapéuticos y excepcionalmente se las habilita, con ciertas limitaciones.

También la ley ordena la creación de un registro nacional voluntario y confidencial para que los pacientes y sus familiares que tienen las patologías incluidas en la reglamentación (epilepsia refractaria) o prescriptas por médicos de hospitales públicos puedan inscribirse y puedan consumir el aceite y otros derivados de la planta.

9ª Marcha Nacional por la Marihuana. Foto: NA/DANIEL VIDES.
9ª Marcha Nacional por la Marihuana. Foto: NA/DANIEL VIDES.

El Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis dispone un trámite online gratuito o sólo presencial en cinco puntos de la Argentina: CABA, Córdoba, Mendoza, Misiones y Santa Fe. Aunque la ANMAT puede desaprobar la solicitud.

Las personas que pueden consumir por su patología o por tener la autorización no deberían ser sancionados por la ley 23.737 "Régimen Penal de Estupefacientes". Sin embargo, esta última norma, en su quinto artículo reprime a la persona que “siembre o cultive plantas o guarde semillas” con 4 a 15 años de cárcel.