La jueza con competencia electoral nacional, María Servini, rechazó un amparo en el que se solicitaba que los candidatos tuvieron que aprobar un examen psicofísico para poder aspirar a la Presidencia.

"La idoneidad requerida por la Constitución no solo se limita a la aptitud técnica, sino que tiene un significado más general, pues comprende la aptitud física, psíquica, legal y político moral”, argumentó la presentación ante el Juzgado Civil y Comercial de Mar del Plata, llevada a cabo por María Valeria Viglianchino, una ciudadana de Mar Chiquita, con el patrocinio legal de Jorge Ardito.

Luego de escuchar la opinión del fiscal Ramiro González, Servini lo consideró "improcedente" por la ausencia de una normativa que establezca esa condición.

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Para la jueza, el Poder Judicial "no puede establecer, imponer y/o exigir nuevos requisitos a los postulantes al cargo de Presidente de la Nación, más allá de los establecidos oportunamente por el órgano constitucionalmente competente para ello, esto es, Poder Legislativo".

El mismo justificativo sostuvo en su dictamen el fiscal González pocos días atrás, cuando luego de advertir los pocos argumentos que contenía la presentación sobre el perjuicio sobre el colectivo de votantes, opinó por no hacer lugar al amparo.

"Corresponde rechazar la acción de amparo interpuesta por María Valeri Viglianchino, en tanto procura que a través de la función jurisdiccional se establezca una exigencia no requerida por la la Carta Magna ni por las leyes de la Nación que rigen el caso", señaló.

Previamente, el diputado del Frente de Todos Ramiro Gutiérrez había presentado un proyecto de ley para que los postulantes tuvieran que pasar por un examen psicofísico para ser considerados presidenciables. El planteo del legislador oficialista había llegado un día después de que el aspirante de Unión por la Patria, Sergio Massa, hiciera declaraciones en ese mismo sentido, en un desafío abierto a su rival de La Libertad Avanza, Javier Milei.

En el texto del proyecto, el diputado por Buenos Aires propuso incorporar como artículo 14 bis al Código Electoral Nacional que "todos aquellos ciudadanos que se postulen para ocupar cargos electivos como presidente y vicepresidente de la Nación Argentina, deberán haber aprobado un examen oficial de aptitudes psicofísicas previo a asumir sus respectivos cargos".