Condenaron a los 5 prefectos acusados por el asesinato de Rafael Nahuel
El Tribunal Oral Federal de General Roca sentenció a los agentes responsables del crimen del joven mapuche a cumplir penas de entre cuatro y cinco años de prisión, lejos del pedido de perpetua de las querellas.
El Tribunal Oral Federal (TOF) de General Roca condenó este miércoles al prefecto Sergio Cavia a cinco años de prisión por homicidio agravado cometido en exceso de legítima defensa, por el asesinato del joven mapuche Rafael Nahuel, en tanto que los otros cuatro imputados -Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Carlos Valentín Sosa y Sergio García- fueron sentenciados a cuatro años y medio como partícipes necesarios por el mismo delito. Además, recibieron una inhabilitación de ocho y siete años, respectivamente, para ejercer como funcionarios públicos.
Nahuel murió el 25 de noviembre de 2017 durante un operativo del Grupo Albatros en un predio en disputa entre la comunidad mapuche Lafken Winkul Mapu y la Dirección de Parques Nacionales en Villa Mascardi, Bariloche.
Luego de más de tres meses de audiencias en la instancia oral y pública del juicio, el tribunal integrado por Alejandro Silva, Simón Bracco y Pablo Díaz Lacava dio a conocer su veredicto tras las declaraciones online de los procesados.
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La lectura del fallo se produjo justo después de que se cumplieran seis años del homicidio, y a pocos días de que desde el espacio del presidente electo Javier Milei trascendiera que su ministra de Seguridad será Patricia Bullrich, quien ejercía ese mismo cargo en el momento del homicidio del joven mapuche, en el marco de una intensa represión a las comunidades originarias bajo la presidencia de Mauricio Macri (2015-2019).
Durante el proceso judicial, las tres querellas que participaron -entre ellas la secretaría de Derechos Humanos de la Nación, encabezada por el abogado Mariano Przybylski- habían solicitado una condena de prisión perpetua para los cinco integrantes de la Agrupación Albatros de la Prefectura Naval Argentina involucrados, por considerarlos coautores funcionales del delito de homicidio doblemente calificado en concurso ideal con homicidio agravado en grado de tentativa.
Durante un alegato que duró dos horas y 45 minutos, el abogado planteó el pasado 7 de noviembre que quedó acreditado que no existió un enfrentamiento armado, sino una persecución más allá del predio de la comunidad y que los efectivos dispararon en 151 oportunidades con munición de plomo.
Para el letrado, el cúmulo de pruebas y testimonios demuestran que los procesados "desobedecieron las órdenes de esperar refuerzos y subieron con armas letales a la montaña", a la "búsqueda de los mapuches".
Las otras dos querellas, en representación de la familia de Nahuel y de la APDH Bariloche, adhirieron a esa solicitud e incorporaron en sus alegatos el agravante de odio racial.
En tanto, la Fiscalía había requerido cinco años de cárcel para cada uno de ellos, por la aplicación del atenuante de "exceso en legítima defensa", ya que dio por acreditado que en el hecho existió un enfrentamiento con armas de fuego, y que los uniformados, en ese contexto, accionaron protegiéndose, aunque más allá de lo que establecen los protocolos de actuación.
Finalmente, las dos defensas de los cinco acusados pidieron su absolución, por considerar que actuaron en legítima defensa, sin excesos en su comportamiento y bajo una agresión desmedida y armada.
Según el relato del abogado Marcelo Hugo Rocchetti -defensor de Cavia, Pintos y Sosa, y exjefe de Gabinete de Cristian Ritondo en el ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires-, los Albatros fueron emboscados y agredidos con armas de fuego, y siempre actuaron “racional y proporcionalmente".
Participaron de la audiencia el secretario de Derechos Humanos, Horacio Pietragalla Corti, titular de la cartera querellante en la causa, y familiares de víctimas de violencia institucional, como Alberto Santillán, papá de Darío, uno de los militantes sociales asesinados en el 2002 en las inmediaciones del Puente Pueyrredón junto a Maximiliano Kosteki.
"Me nace acompañar a la familia de Rafael Nahuel porque hoy, sin lugar a dudas, mi hijo Darío estaría acá. Me parece que es el lugar correcto, donde hay que estar. Qué mejor que caminar en la misma vereda que caminaron nuestros hijos y sus compañeros que fueron asesinados por las balas del Estado", dijo a Télam Santillán.
En las inmediaciones de los tribunales, que presentaron hoy un refuerzo de su seguridad, se manifestaron militantes de agrupaciones de izquierda, movimientos sociales y de comunidades mapuches.
Al finalizar la lectura del veredicto, Pietragalla confirmó que la Secretaría va a apelar la sentencia y destacó que “la Justicia condenó a los cinco responsables del asesinato de Rafael Nahuel y determinó que no hubo legítima defensa por parte de los prefectos como planteaba en su momento Patricia Bullrich”. El funcionario sostuvo además que “el fallo demuestra que la violencia institucional y la represión en el marco de una protesta no puede ser llevado adelante con armas letales”.
“La paradoja de esta situación es que hoy hay cinco condenados por seguir órdenes de un Ministerio, y que quien dio esas órdenes que terminaron con la vida de Rafael Nahuel e hirió a otras personas, tiene posibilidad de ser nuevamente ministra de Seguridad", concluyó el secretario de Derechos Humanos.