Condenaron a 9 años de prisión al conductor de la lancha que causó la muerte del hijo de Storani
El Tribunal a cargo del caso declaró culpable al empresario Torres Lacal, por la tragedia que sucedió en el Delta del Tigre en 2016.
El empresario Pablo Torres Lacal fue condenado este viernes a nueve años de prisión por “triple homicidio con dolo eventual”, a raíz de la trágica madrugada en 2016 en el Delta del Tigre. Allí, en un accidente con una lancha que conducía el acusado, murieron Manuel Storani, hijo de Federico, el exfuncionario radical; su madre, Ángeles Bruzzone; y Francisco Gotti, un amigo de Lacal que los acompañó en la embarcación.
Durante los alegatos, el fiscal Diego Caleghari pidió la pena de 12 años de prisión, mientras que Storani, como querellante y a través del abogado Carlos Acosta, pidió 13 por la misma figura delictiva, que contempla hasta 25 años de pena por el delito. Por su parte, la defensa del acusado, a cargo de Maximiliano Rusconi, reclamó la absolución.
Durante el juicio, el imputado pidió disculpas a los damnificados: “Fue lo peor que me pasó en la vida. Desde que me desperté, siete días después del accidente, no paraba de llorar. Pido sinceras disculpas porque entiendo lo que están sintiendo”.
En el Tribunal en lo Criminal N°1 de San Isidro, los jueces declararon culpable al comandante de la tripulación, quien quedará detenido una vez que el fallo quede firme. Lacal no podrá ni salir del país, ni ausentarse de su domicilio por más de 24 horas.
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Según el fallo, que fue leído este mediodía por el tribunal integrado por los jueces Alberto Ortolani, Sebastián Hipólito Urquijo y Gonzalo Aquino, determinó que el imputado conducía una lancha deportiva, en horas de la noche, en un río que por sus características topográficas y geográficas presentaba escasa o casi nula visibilidad.
La reconstrucción de los hechos indicó que Lacal conducía a excesiva velocidad y en zigzag, sin respetar la debida vigilancia y la velocidad de seguridad que exige el Reglamento Internacional para la navegación en estas circunstancias, lo que implicó “un riesgo sumamente amplio con su accionar, en plena conciencia y conocimiento de sus actos” y "habiendo sido advertido, momentos antes, de un posible desenlace como el que finalmente ocurrió, por un empleado de la estación de servicio, donde previamente el acusado había concurrido a cargar combustible a altísima velocidad”.
El próximo paso será la revisión de la condena por el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires.