El intendente del partido bonaerense de La Matanza, Fernando Espinoza, fue procesado por abuso sexual acusado de "tocamientos impúdicos" a su exsecretaria privada, quien lo denunció en 2021. El dirigente peronista, quien rechazó los cargos en su contra, no fue detenido pero tiene prohibición de relacionarse con la víctima y fue embargado por $1.500.000.

Además, fue imputado por "desobediencia" tras haber desoído "la orden de no tomar contacto ni directa ni indirecta" con la denunciante, orden que se le había impuesto luego de que se radicara la demanda en su contra.

El presunto abuso sexual habría tenido lugar el 10 de mayo de 2021, cuando la mujer tenía 32 años y hacía poco menos de un mes que trabajaba "en negro" para el jefe comunal. Según su testimonio, Espinoza le insistía para cenar juntos en el departamento en que la víctima vivía en ese entonces, en la Ciudad de Buenos Aires, y señaló que accedió al sentirse "presionada".

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La mujer aseguró que la primera propuesta del dirigente fue el 3 de mayo y afirmó que en esa oportunidad "cenaron normalmente, pero que se sintió muy incómoda". La escena se repitió a los pocos días, cuando el acusado no se "propasó" con ella, aunque le hizo preguntas de carácter muy personal y ella le recordó que estaba en pareja desde hacía seis años.

Según agregó, el abuso sexual fue en una tercera ocasión, durante la noche del 10 y la madrugada del 11 de mayo, cuando el dirigente se bajó los pantalones, se abalanzó violentamente sobre ella y la manoseó. En este marco, señaló que se resistió y que el intendente se fue enojado de su casa.

Tras la acusación pesaba sobre él una orden de restricción, pero el 1° de julio de ese mimo año habría vuelto a contactar a la joven por lo que fue denunciado una vez más.

Aunque la causa estuvo a punto de cerrarse por pedido de la fiscalía dado que la víctima se había ido del país y no había impulsado la acción, la jueza María Fabiana Galletti ordenó el procesamiento de Espinoza, que había sido sobreseído en una primera instancia, la cual fue apelada.

En este marco, la magistrada emitió una prohibición de contacto con la mujer, además de una restricción perimetral a menos de 500 metros mientras dure el proceso penal y "bajo apercibimiento de. incurrir nuevamente en el delito de desobediencia".