Al igual que la decisión de extender la cuarentena por parte del Poder Ejecutivo, la Corte Suprema extendió la feria extraordinaria hasta el 24 de mayo a través de la acordada 14/2020.

Sin embargo, las Cámaras Federales y los Tribunales Orales ubicados en las provincias podrán solicitar el levantamiento de la feria en su jurisdicción o respecto de los tribunales bajo su dependencia. Y en base a la situación epidemiológica, se resolverá la flexibilidad de la cuarentena judicial.

También se podrán tratar nuevas materias penales y no penales, y se realizarán los juicios orales que quedaron pendientes al dictarse el aislamiento obligatorio el 20 de marzo pasado.

Durante esta feria especial, los jueces de la Corte y sus secretarios comenzarán a trabajar en sus despachos del Palacio de Justicia, lugar también conocido como Tribunales.

renuncias

Nuevas materias

Con anterioridad a la reciente acordada, la Corte había limitado el tratamiento de temas, considerados urgentes, durante la feria extraordinaria. Sin embargo, ahora resolvió que los tribunales podrán tratar otras materias durante este período de extensión de la cuarentena.

En materia penal se tratarán casos de narcotráfico, trata de personas y delitos informáticos. En los casos en los que las causas penales tengan investigados, imputados desconocidos o no detenidos, se resolverán a pedido de la fiscalía o del querellante, aunque el juez analizará la procedencia o no de la habilitación.

Muchos juicios orales, con personas privadas de su libertad, quedaron paralizados al momento de dictarse la cuarentena. Mediante la acordada, los Tribunales, las Cámaras de apelación y Cámaras de Casación "deberán informar a esta Corte Suprema la forma en que continuarán los juicios orales que tengan en trámite, con procedimientos a distancia". 

En Rosario los juicios por teleconferencias ya se están utilizando, como en la causa de lesa humanidad "Feced III", en donde los alegatos de las defensas fueron realizados mediante este medio.

Gendarmería Nacional en la lucha contra el narcotráfico. FOTO: NA/ GENDARMERIA.

En los fueros no penales tramitarán amparos contra actos de particulares; juicios laborales; habeas data; procesos de daños y perjuicios; de naturaleza previsional; de regulación por honorarios profesionales en todos los procesos; sucesiones, concursos, medidas cautelares y procesos voluntarios.

Además, los jueces naturales (no son los que están de turno) podrán habilitar de oficio la feria para dictar sentencias o resoluciones interlocutorias en los expedientes listos para ser resueltos.

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Teletrabajo

El trabajo remoto por parte del personal judicial como por los abogados es uno de los puntos centrales de la acordada. Aunque el ejercicio de la profesión no sea considerado esencial, los letrados pueden cargar escritos a través del sistema del Poder Judicial.

Las quejas de los abogados sobre el mal funcionamiento del sistema Lex100 se acrecientan en estos días. También la tardanza en la resolución de cuestiones urgentes por parte de la Justicia, muestra otra cara de la misma moneda.

Por su parte, los empleados de la Justicia resuelven los pedidos si se tratan de los temas autorizados a tratar. Aunque también durante la cuarentena están trabajando en resoluciones que se publicarán cuando termine el aislamiento. Para esto, de a poco, están instalando el sistema en sus computadoras. "Algunos se compraron computadoras para poder trabajar mejor, dado que las que tenían no funcionaban tan bien", explica Fernando Strasser, juez subrogante de la Cámara Federal de la Seguridad Social.

Home office para el Poder Judicial y los abogados.

El camarista también aclara que las dificultades surgen al momento de instalar el sistema del Poder Judicial en las computadoras de marca Apple.

"Recordar e instar que, a fin de formular presentaciones y para la realización de todos los actos procesales, se deberá priorizar el empleo de las herramientas digitales disponibles que permitan la tramitación remota de las causas y el uso de la firma electrónica y digital", indica la acordada que a su vez dispuso que los tribunales de turno continúen con el horario de atención al público de lunes a viernes de 9.30 a 13.30 hs.

Asimismo, aclara que deben intentar los magistrados, funcionarios y empleados trabajar principalmente en sus casas, y solamente de forma presencial "cuando sea estrictamente necesario". Cada tribunal deberá definir las tareas que se hagan desde los hogares.

Consultas en línea

Las consultas del público serán respondidas por turnos y de forma remota, para los trámites imprescindibles en los que se necesite la asistencia presencial. La solicitud se hará mediante un programa especial (que debe crearse) o a través del correo electrónico de las mesas receptoras de escritos, así como de la dependencia correspondiente.

Las personas que consulten deberán establecer un correo electrónico en el que serán validas las comunicaciones y notificaciones que se les envíen, aunque no reemplazarán el sistema Lex100.

Protocolos

Al momento de que los tribunales decidan cómo proveer el servicio de Justicia, deberán respetar las normas que dictó el Poder Ejecutivo para cada provincia sobre la extensión de la cuarentena. Por este motivo, todo dependerá de la fase de flexibilización en la que se encuentren. "Además, deberán procurar coincidir, en la mayor medida posible, con el grado de apertura dispuesto por las justicias provinciales respectivas", precisa el texto.

Para lograr ese objetivo, el Máximo Tribunal confeccionó cuatro protocolos que establecen los lineamientos para brindar el acceso a la Justicia.

Ampliar contenido

"El protocolo de pautas para la tramitación de causas judiciales durante la feria extraordinaria" establece las modificaciones en esta nueva etapa.  Asimismo, el que versa sobre "la convocatoria de funcionarios y empleados" determina las pautas de traslado y permanencia del personal en los tribunales.

Un tercer protocolo refiere a "las consultas en el Poder Judicial", y el último contiene "las medidas de prevención, higiene y seguridad para el Poder Judicial de la Nación" ante la pandemia.

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Personal judicial

Los integrantes del Poder Judicial que vayan a las oficinas tendrán que tomarse la temperatura corporal en sus casas. En los supuestos de que alguno tenga febrícula (37.5°), síntomas respiratorios (tos y dolor de garganta), o no sienta olor o sabor "deberá llamar al médico desde su domicilio, no concurrir al lugar de trabajo y dar aviso la autoridad que corresponda".

Ante un caso sospechoso de coronavirus tendrá que informar al departamento de medicina laboral de la dependencia, y serán aisladas las personas que hayan trabajado con el posible infectado. Si se confirma el positivo en dos o más personas dentro de una misma oficina, la misma deberá cerrar durante 72 horas para una desinfección.

Expedientes judiciales.

En el caso de ser necesario el trabajo en las oficinas se establecerá una cantidad mínima de empleados. Concurrirán las personas que vivan más cerca del tribunal, también los que puedan evitar el transporte público y quienes no tengan licencias especiales o pertenezcan a grupos de riesgo.

Solo las oficinas con ventilación podrán usarse y las reuniones deberán evitarse. También las puertas tendrán que estar abiertas y los pasillos despejados. Esto último es casi imposibles en fueros como el de la Seguridad Social, en el que las pilas de expedientes se abarrotan en todos los espacios libres de los juzgados. Además, la Corte recomienda evitar los traslados.

Algunas oficinas atenderán al público. Para eso contarán con barreras de acrílico, como utilizan las cajas de los supermercados.