La Corte Suprema dictaminó que la reelección indefinida de Insfrán en Formosa es inconstitucional
Por unanimidad, el Máximo Tribunal coincidió con el procurador Casal, quien había advertido que el artículo que permite al gobernador ocupar ese cargo desde 1995 conspira "contra la finalidad propia del Estado de Derecho".
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró por unanimidad este jueves la inconstitucionalidad de la reelección indefinida del gobernador de Formosa, Gildo Insfrán. En su decisión, el Máximo Tribunal se expresó en la misma línea que el Procurador General interino, Eduardo Casal.
La decisión fue firmada con el consentimiento de los actuales cuatro miembros de la Corte: su presidente, Horacio Rosatti, y los magistrados Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.
"No existe duda de que habilitar a que una persona se desempeñe esa cantidad de años de manera ininterrumpida en los más altos cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto al sistema republicano, por cuanto la falta de renovación en el poder facilita el surgimiento de prácticas autoritarias de su ejercicio e imposibilita que la política democrática se desarrolle sanamente", manifestó Rosenkrantz a la hora de emitir su voto.
El pasado 10 de diciembre, Casal había dictaminado que la reelección indefinida del máximo cargo en el Ejecutivo formoseño, por la cual el actual gobernador se encuentra cumpliendo su octavo mandato consecutivo, infringe la Carta Magna del país: "El sistema republicano consagrado en la Constitución Nacional y que las provincias se han obligado a respetar implica la limitación del poder".
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En ese sentido, el titular del Ministerio Público Fiscal advirtió que "las múltiples reelecciones sucesivas -potencialmente indefinidas- conspiran contra la finalidad propia del Estado de Derecho" perseguida por los constituyentes y precisó: "Dado el modo de funcionamiento de nuestras instituciones, la perpetuación en el poder erosiona el principio de separación de poderes".
La medida ahora ratificada por la máxima instancia judicial de la Argentina hace lugar a un amparo de la oposición provincial presentado en 2023, en el que se pidió la ilegalidad del artículo 132 de la Constitución de Formosa que establece que "el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos".
Al respecto, el jefe de los fiscales consideró en su dictamen que ese punto "se aparta de la necesaria periodicidad y renovación del mandato de las autoridades allí previstas, lo que resulta violatorio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Constitución Nacional".
Este último establece que "cada provincia dictará para sí una Constitución bajo el sistema representativo republicano, de acuerdo con los principios, declaraciones y garantías" de la Carta Magna de la Nación.
La causa comenzó hace más de un año, cuando la Confederación Frente Amplio Formoseño presentó su reclamo contra el octavo mandato consecutivo del gobernador peronista.
Insfrán, quien comenzó en el cargo en 1995, ganó nuevamente las elecciones provinciales en junio del 2023 e inició así su octavo período de gestión, ya que anteriormente había sido confirmado por las urnas en el puesto en 1999, 2003, 2007, 2011, 2015 y 2019.