El Gobierno promulgó este jueves la ley 27.653 de alivio fiscal para entidades sin fines de lucro, que tiene como objetivo reforzar la salida económica y social a la pandemia generada por el COVID-19. A continuación, sus puntos principales. 

- Organizaciones. La normativa establece que se condonen las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social menores a $100.000 para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV) y toda otra entidad sin fines de lucro, como las bibliotecas populares, los clubes de barrio y las asociaciones civiles de asistencia social, caridad, beneficencia, literarias y artística. Esto significa que un total de 6.727 organizaciones quedarán con la cuenta fiscal en cero.

- Contribuyentes. La nueva ley también exime de pagar las deudas de micro y pequeñas empresas, contribuyentes de ganancias e IVA y monotributistas menores de $100 mil, de modo que se beneficiará a más de un millón de contribuyentes.

- Alcance. La condonación abarca al capital adeudado, intereses resarcitorios y punitorios, multas y demás sanciones. Sin embargo, no comprende los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales ni las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART). En estos casos, propone planes de pago que tendrán un plazo de hasta 36, 60 y 120 cuotas, según el tipo de deuda o contribuyente.

- Moratoria. Se amplía la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020, al tiempo que se incluyen las deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021. Con esta modificación, los contribuyentes que incumplieron con la moratoria anterior podrán volver a regularizarla, por lo que se verán beneficiados más 105 mil MiPymes, monotributistas y autónomos.