La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) simplificó las compras en el exterior y estableció que tanto para importar como para exportar el peso máximo permitido por paquete es de 50 kilogramos. Además, indicó que el valor Free On Board (FOB) de las mercaderías para envíos al exterior no podrá superar los USD 3.000.

La medida publicada este jueves en el Boletín Oficial y firmada por el titular del organismo, Juan Pazo, bajo el número 5631/2025 significó una modificación de la Resolución General N° 5.608, la cual habilitó la importación y exportación para el servicio de courier, con el fin de la "simplificación y la reducción de cargas y costos". 

En orden de precisar la norma y evitar erróneas interpretaciones, el ente recaudador aclaró que el peso límite permitido por "paquete o pieza" es de 50 kilogramos, "independientemente de cual fuera el peso total del envío". 

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Previamente, la disposición no lo especificaba, por lo que se comprendía en forma equivocada que el peso máximo correspondía al total del envío o incluso al nivel más alto que se podía llegar en las remesas a lo largo del año.

De esta forma, se esclarece que el límite corresponde al paquete, por lo que se podrán mandar varios productos de hasta 50 kilogramos cada uno en una misma transacción. Cabe recordar que el cupo de exportaciones por persona física o jurídica es de cinco por año.

Por otro lado, la ARCA explicó que para el "caso de introducción al terreno aduanero" el valor FOB de las mercaderías "no puede exceder los USD 3.000 por cada envío courier", al igual que para las exportaciones.

Por último, señalaron que no resultará obligatorio para el destinatario disponer de un "domicilio fiscal electrónico constituido", conforme a lo que se había oficializado en la Resolución General N° 4.280.