A raíz de la demora que se produjo en la sanción del paquete fiscal que está siendo tratado en paralelo a la Ley Bases en el Congreso y finalmente será sancionado este jueves, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) volvió a prorrogar el plazo para que los trabajadores informen las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias correspondientes al 2023.

Mediante la Resolución General 5519/2024, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno extendió por cuarta vez la fecha límite para llevar a cabo la presentación. El texto oficial precisó que la agencia tributaria "implementó medidas acordes con los plazos parlamentarios para el dictado de las leyes, considerando, a su vez, su impacto en la liquidación anual de dicho tributo".

"Los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio ‘Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR’, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 15 de julio de 2024, inclusive", establece el decreto que lleva la firma de la titular de AFIP, Florencia Misrahi.

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"Sin la prórroga, los empleadores deberían realizar las liquidaciones anuales con las escalas originales de la ley, lo que podría resultar en deudas para los empleados", explicó Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios respecto de la espera del Ejecutivo a que los alcances del gravamen queden reformulados por la reincorporación en Diputados de ese capítulo en el paquete fiscal, luego de su rechazo en el Senado.

La relevancia de la sanción reside en que la Constitución Nacional "impide al Poder Ejecutivo dictar decretos de necesidad y urgencia en materia tributaria" y recordó que "el gobierno anterior instruyó a la AFIP a modificar las escalas del Impuesto a las Ganancias para 2023, sin que el Congreso Nacional ratificara estas modificaciones".

Ante el restablecimiento del pago para empleados solteros que perciben un salario bruto de $1.800.000 y casados con ingresos desde $2.200.000 previsto, el experto agregó que las "deudas absorberían total o parcialmente las percepciones informadas por los empleados y, en algunos casos, podrían ser mayores".

"Desde el punto de vista de los empleados hay una nueva demora en la devolución de las percepciones que informaron a sus empleadores", puntualizó Domínguez.

Paso a paso, cómo presentar las deducciones

  • Ingresar con CUIT/CUIL/CDI y clave fiscal a la página web de la AFIP.
  • Buscar el servicio "Ganancias Personas Humanas - Portal integrado".
  • Presionar "Declarar".
  • Ir a la opción "Mi declaración jurada" y hacer clic en "Comenzar".
  • Una vez completado el formulario, confirmar mediante la opción "Presentar".