Mediante la Resolución General 5.536, publicada este martes en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó nuevas normas de registro para quienes quieran adherir al blanqueo y condiciones para evitar el pago de las multas.

Los residentes "deberán poseer Código Único de Identificación Laboral (CUIL), Clave de Identificación (CDI) o Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con estado administrativo ‘Activo: sin limitaciones’".

También podrán tener las siguientes categorizaciones: "Limitado por Falta de Inscripción en Impuestos/Regímenes", "Limitado por Falta de Presentación de Declaración Jurada", "Limitado por Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada" o "Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico".

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Los sujetos no residentes que fueron residentes fiscales argentinos tendrán que designar un responsable para gestionar el alta a través del servicio con clave fiscal "Sistema Registral".

En otro orden, a los efectos de acreditar la titularidad, posesión, tenencia o guarda al 31 de diciembre de 2023 y la valuación de los bienes regularizados, deberán aportarse, junto con la declaración jurada de regularización, las constancias fehacientes y/o documentación respaldatoria que se establece en cada caso, conforme las pautas establecidas en este anexo.

Por otro lado, la AFIP estableció que "el dinero en efectivo que sea regularizado bajo el blanqueo y que sea depositado y/o transferido a una Cuenta Especial de Regularización de Activos será excluido de la base de cálculo para la determinación de la base imponible del Impuesto Especial de Regularización".

"Si los fondos depositados en dichas cuentas son transferidos a cualquier otra antes del 31 de diciembre de 2025, corresponderá tributar el Impuesto Especial de Regularización, a través de la retención del 5%", agregaron.