En un escenario recesivo, el Gobierno convocó al Consejo del Salario para el 18 de julio
La cita será encabezada por el subsecretario de Trabajo, Martín Huidobro. En el último encuentro no se llegó a un acuerdo y el Estado terminó fijando el valor de abril y mayo 2024 por laudo.
Con una inflación estimada en 5% para junio y una marcada recesión, el Gobierno convocó al Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) para el próximo 18 de julio a las 14:30. El encuentro, que se llevará a cabo de manera virtual, será encabezado por el subsecretario de Trabajo, Martín Huidobro.
El Índice de Precios al Consumidor (IPC) en mayo fue de 4,2% mensual y 276,4% interanual. Ante este escenario, los representantes de gremios buscarán compensar el costo de vida.
En la última reunión del Consejo, ante la falta de acuerdo entre los representantes empresarios y sindicales, el Gobierno terminó fijando el valor del salario mínimo de abril y mayo 2024 por laudo.
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A partir del 1 de abril de 2024, el salario mínimo fue establecido en $221.052 para todos los trabajadores mensualizados y en $1.105,26 por hora para los jornalizados, según la Resolución 9/2024. Representó un aumento del 9% en relación a los $202.800 de marzo.
En tanto, a partir del 1 de mayo de 2024, el SMVM pasó a $234.315,12 para los trabajadores mensualizados y a $1,171,58 por hora, lo que a su vez representó un incremento del 6% con relación a abril y un 15,54% respecto de marzo.
A mayo, la inflación acumulada en el 2024 fue del 71,9%, mientras que el SMVM se incrementó un 50,2% (pasó de $156.000 a $234.315). Representa un deterioro frente a la inflación del 12,7%.
El haber mínimo incide en los trabajadores registrados mensualizados o jornalizados que cobran menos del salario mínimo mensual o por hora.
En tanto, quienes se jubilaron con 30 o más años de aportes (sin recurrir a las moratorias) tienen derecho a cobrar el 82% del sueldo mínimo.
Por otra parte, la Prestación por Desempleo se fijó en el equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los 6 meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo.
En ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo ni superior al 100% del mismo.
Por los despidos, el número de trabajadores cesanteados que están cobrando esta prestación o seguro de desempleo empezó a subir desde fines del 2023 y durante estos meses de 2024 por la caída de la actividad en el sector privado.