El Gobierno nacional implementó cambios en los pagos con tarjetas de crédito y débito, por medio de una resolución de la secretaría de Comercio que busca minimizar los casos de robo de datos de los clientes y posteriores fraudes.

En la actualidad, cuando los plásticos y el Documento Nacional de Identidad (DNI) quedan en manos de la persona que cobra y los clientes los pierden de vista, existe el riesgo de que se copie o fotografíe información clave que permita realizar compras online o sacar créditos en nombre de sus titulares, entre otros delitos.

Con estos antecedentes, la nueva reglamentación, publicada este martes en el Boletín Oficial, prohíbe que los comerciantes se lleven los plásticos de los clientes, al establecer que los primeros "deberán poner a disposición del consumidor" terminales electrónicas de modo tal que, "en ningún momento", este "pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación".

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De esta forma, se apunta a que los consumidores sean los únicos que manipulen las tarjetas en el posnet, que el empleado del comercio deberá ahora acercar para cobrar la cuenta y que sea el mismo dueño del plástico el que lo pase por la máquina o, en su defecto, que todo suceda a la vista del comprador.

Es decir, los cobros deberán hacerse en presencia del cliente, ya sea en el mostrador con un aparato normal o con uno inalámbrico para arrimar a la mesa, en el caso de los locales gastronómicos.

La idea es evitar que usuario pierda de vista los plásticos y que le sustraigan los datos para hacer compras en su nombre, un tipo de estafa por la que la secretaría de Defensa del Consumidor recibió en 2023 alrededor de 7.000 denuncias.

Este nuevo esquema está vigente desde este martes 12 de marzo, pero como la Cámara Argentina de Comercio y Servicios advirtió que su implementación podría demorar mientras los locales consiguen los equipos necesarios, la Resolución 87/2024 firmada por el secretario Pablo Agustin Lavigne previó un plazo de adecuación de 180 días.

Asimismo, la medida determinó que "las infracciones a la presente resolución será sancionadas con base en las penalidades previstas en el Artículo 47 de la Ley N° 24.240 y sus modificaciones". Dicha normativa es la que hace referencia a la Protección y Defensa los Consumidores, que prevé en dicho punto apercibimiento, multas, decomiso de mercaderías, clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado, así como pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales, entre otras penalidades.