Presencialidad plena: siete claves sobre el retorno de los estatales bonaerenses
La medida fue oficializada este miércoles en el Boletín Oficial provincial. Cuándo y cómo se dará la vuelta a las oficinas públicas.
El Gobierno de Axel Kicillof anunció el regreso a la presencialidad para los trabajadores estatales de la Provincia de Buenos Aires. Con las firmas del gobernador y de los ministros de Salud, Nicolás Kreplak; de Hacienda, Pablo López; y del jefe de Gabinete, Martín Insaurralde, el DNU 837/21 estableció la vuelta a las oficinas públicas para el lunes 18 de octubre, dado que el próximo viernes y lunes serán feriados.
A raíz de los datos epidemiológicos y sanitarios, el Ejecutivo bonaerense decidió avanzar en el regreso después de un año y medio de home-office a causa de la pandemia. Durante las últimas 19 semanas consecutivas, los contagios de coronavirus han caído de forma sostenida, al igual que las internaciones en camas de terapia intensiva y los fallecimientos. Asimismo, si bien el proceso de vacunación se ha ralentizado en todo el país, sigue avanzando con más del 50% de la población con el esquema completo.
- La medida aplica para todos los trabajadores estatales, más allá de su modalidad de contratación y/o régimen estatutario.
- Según especifica el decreto, "cada jurisdicción u organismo implementará la medida en un plazo no mayor a cinco días hábiles, y determinará las adecuaciones que deberán efectuarse en las instalaciones donde se presten servicios, para dar cumplimiento a los protocolos".
- Entre los exceptuados se encuentran las embarazadas; los mayores de 60 años; las personas inmunosuprimidas; los pacientes en tratamiento oncológico; quienes padezcan enfermedades respiratorias crónicas cardiovasculares, diabetes, obesidad mórbida, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis próximamente.
- Sin embargo, la excepción se aplicará solo para aquellos que pertenezcan a la población de riesgo pero con la condición de que hayan iniciado su proceso de vacunación y aún no hayan transcurrido 21 días corridos de haber completado el esquema, con la segunda dosis.
- Además, está la salvedad de que no podrán solicitar el beneficio del trabajo remoto quienes, pudiendo acceder a la vacunación, decida no inocularse o asistir a su turno por razones de índole personal. En ese caso, deberán concurrir a sus oficinas.
- Sacando estos requisitos, los estatales que queden exceptuados tendrán que acreditar su/s patología/s ante la Dirección de Salud Ocupacional, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección de Calidad Laboral de la Dirección General de Cultura y Educación, según corresponda.
- Por otra parte, si el trabajador desarrolla su proceso de vacunación en un distrito distinto al de la provincia de Buenos Aires, deberá presentar una constancia de ello.