El segundo juicio por la muerte de Débora Pérez Volpin, que comenzó a mediados de septiembre pasado, está llegando a su fin. En la jornada de alegatos de este miércoles, Diego Pirota, el abogado que representa a la familia de la periodista, pidió la pena de tres años de prisión y diez de inhabilitación para Roberto Martingano, exdirector médico del Sanatorio La Trinidad, al que acusó de encubrir su fallecimiento en febrero de 2018.

El letrado también reclamó tres años de cárcel para la instrumentadora Miriam Frías, quien estuvo en el quirófano aquel 6 de febrero de 2018, cuando Pérez Volpin murió mientras se le practicaba una endoscopia abdominal.

Por su parte, Vadim Mischankuk, el abogado que defiende a Martingano, adelantó que pedirá la absolución de su cliente, al considerar que no hubo delito de su parte.

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Durante la jornada de alegatos estuvo exhibido el procesador del endoscopio que secuestró la Policía dos días más tarde de haberse producido la muerte de la periodista, dispositivo que, según sostiene su familia, fue cambiado para evitar que se detectaran las imágenes del fallido estudio.

Para Pirota, el primer acto de encubrimiento ocurrió el mismo día en que murió Pérez Volpin, cuando se detalló en su historia clínica algo distinto a lo que había sucedido en verdad, según el abogado, una mala praxis.

Las otras dos conductas que usó como argumento el letrado es que Martingano entregó un informe incompleto sobre la medición de la frecuencia cardíaca a su paciente al momento de hacer la endoscopía, porque ella no estaba conectada al equipo como debía.

El segundo está vinculado con el procesador y, en ese sentido, el abogado acusó al exdirector médico de haber entregado otro equipo para que se efectuaran las pericias.

Este juicio, que lleva adelante el Tribunal Oral Criminal 26, sucede al que se realizó en 2019 por el fallecimiento de la comunicadora.

En aquel proceso, el juez Alejandro Anzóategui condenó al endoscopista Diego Bialolenkier a una pena de tres años de prisión en suspenso y seis años y medio de inhabilitación por homicidio culposo, debido a que se comprobó que manipuló incorrectamente la caña del endoscopio y esa maniobra perforó el esófago de la paciente. El mismo fallo, además, absolvió a la anestesista Nélida Puente.