La Resolución 187/2025, publicada en el Boletín Oficial del Gobierno fue especialmente polémica. En ese documento, para hacer referencia a la discapacidad intelectual, se incluyeron términos retrógrados como "débil mental", "idiota", "imbécil" y "retardo mental". Los responsables fueron los propios miembros de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), que días más tarde debieron salir a pedir disculpas.

En dicho documento debían categorizarse distintos criterios médicos para evaluar los grados de discapacidad intelectual. Esto debía realizarse para fijar criterios de evaluación para las personas que pueden acceder o continuar recibiendo una pensión por invalidez. Sin embargo, la terminología fue ofensiva y debido a ello hubo repercusiones. De hecho, siete organizaciones civiles presentaron un reclamo administrativo para que la resolución sea dejada sin efecto.

"El anexo de la resolución asume que hay personas que nunca podrán trabajar, y recurre a términos como ‘retraso mental’, ‘idiota’, ‘imbécil’ y ‘débil mental’. Resulta innecesario ahondar en el carácter discriminatorio, obsoleto y peyorativo que ostentan estas formas de nombrar", expresaron en el reclamo dirigido al director ejecutivo de la ANDIS, Diego Spagnuolo.

"Es una barbaridad. Esto es de principios del siglo pasado. Esa terminología se utilizaba en los inicios de la psiquiatría, antes de que existiera la medición del coeficiente intelectual (CI). A partir de entonces, cuando se quieren establecer categorías dentro de la disminución intelectual, se utiliza el rango del CI. Pero esto no es más que parte del atropello que vienen sufriendo las personas con discapacidad por parte de este Gobierno, no es casual", aseguró Eduardo Maidana, miembro del Foro Permanente de Promoción y Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

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"Es una forma peyorativa y estigmatizante de referirse a una persona con discapacidad", aseveró. "Lo que más indigna es que esto sale firmado por la ANDIS, que es quien debería representar los derechos de las personas con discapacidad, y velar por el cumplimiento de la Convención Internacional de Discapacidad", recalcó.

Mediante un comunicado, la Asociación Síndrome de Down de la República Argentina (ASDRA) expresó su "repudio" a la normativa y exigió "la inmediata rectificación de esta resolución y el reemplazo de su terminología por un lenguaje acorde con los estándares internacionales de derechos humanos y con el modelo social de la discapacidad".

Desde la ANDIS debieron salir a aclarar la situación: "La publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta". 

También anunciaron que la resolución será modificada para "garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales".