Pañuelos, Twitter, voto cantado y ¿sanciones?: Qué permite (y qué no) la veda electoral
¿Se puede ir a votar con una camiseta de Nacho Fernández? ¿Y con un pañuelo verde? ¿Qué es el voto cantado? Para las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, las reglas electorales rigen como en la elección de octubre. Hay contravenciones, hay delitos y hay cuestiones que, si pasan cerca de tu lugar de elección, se pueden denunciar.
Desde el viernes a las 8 rige el período de veda electoral por lo que hay cosas que han quedado directamente prohibidas. Ningún (pre) candidato puede hacer campaña (redes sociales incluídas) ni difundir datos o encuestas hasta las 21 del domingo. En caso de incumplirlo, los partidos políticos pueden perder el financiamiento por una o dos campañas.
Más allá de los deberes y obligaciones de los partidos, los ciudadanos tampoco podemos hacer cualquier cosa en la previa y durante el día de las PASO. Para empezar, no se puede comprar alcohol desde las 20 del sábado. Cualquiera que venda se expone a una pena de entre quince días a seis meses de prisión.
Dónde voto: consultá el padrón de las PASO
Existe cierta creencia de que todo vale dentro de las redes sociales y que no están regidas por absolutamente nada aunque en la teoría no es así. Ni candidatos ni electores pueden tuitear instando al voto de nadie aunque en el caso de las personas comunes el hilo es más fino. Si alguien escribe que va a votar a la persona que prometa tal objetivo, sancionarlo sería una vulneración a la libertad de expresión.
Pañuelos, ¿si o no? El pañuelo verde por la campaña por el aborto legal, seguro y gratuito es llevado todos los días por miles de mujeres. Otras, optan por portar un pañuelo celeste, en lo que consideran “una defensa a la vida”. ¿Llevar los pañuelos es una violación electoral? En principio, no. Es parte de la libertad de expresión aunque, desde la Cámara Nacional Electoral, recomiendan no llevar ninguno. Hay que aclarar que de ninguna manera pueden impugnarte el voto por eso o impedirte hacerlo aunque podrían suscitarse algunas situaciones.
Por ejemplo, el pre candidato presidencial Juan José Gomez Centurión centró su campaña en la lucha “por la vida” y en contra del aborto legal. Un fiscal de su partido podría alegar que una mujer con pañuelo verde está abiertamente expresando que no votará por él. Una situación a la inversa podrían alegar desde el FIT-Unidad, donde aparece en las boletas una pañuelo verde.
En Twitter, circuló también la posibilidad de ir a votar con una camiseta de Nacho Fernández, el jugador de River, en “honor” al candidato del Frente de Todos. La chicana, aunque divertida, podría generar inconvenientes y ser considerada una revelación del voto, una falta que está dentro del Código Electoral y que prevé hasta dieciocho meses de prisión.
Hacer comentarios “políticos” a menos de 200 metros de un lugar de votación, mostrar abiertamente una boleta o anunciar de manera clara a quién se votó o va a votar es claramente una violación al secreto, que también tiene una pena de prisión. Lo que se llama comúnmente como “voto cantado”.
¿Te tocó ser presidente de mesa y soñás con no ir o fugarte durante la elección? De acuerdo al Código Electoral, quienes “sin causa justificada dejen de concurrir al lugar donde deban cumplirlas o hicieren abandono de ella” tendrán una pena de prisión que puede ir de los seis meses a los dos años.
En el caso de que alguien le impida con violencia a otra persona votar; vote más de una vez o se haga pasar por otra, la ley sostiene que puede ser condenado con hasta tres años de cárcel. Lo mismo para el que se robe las boletas del cuarto oscuro (un clásico), las destruya o las adultere de alguna manera. Cualquier denuncia se puede gestionar, en la Ciudad de Buenos Aires, en este link.
¿Qué pasa si no tenes ganas de votar? Las PASO, como las generales, son obligatorias. En octubre de 1999, un grupo de jóvenes se juntó en algo que luego denominaron “El Movimiento 501”. El plan era simple: llegar en tren a Sierra de la Ventana y evitar de esa manera la obligación de votar.
Esto es porque una de las justificaciones que te permiten evadir la obligación de votar es estar a más de 500 kilómetros de distancia de tu lugar de sufragio. La otra es fundamentar alguna razón de fuerza mayor, como un problema de salud. Cualquiera de esas circunstancias se puede justificar por Internet, hasta 60 después del 11 de agosto y con la documentación correspondiente. De todas formas, si no votaste el domingo, igual podes (y tenes) que votar el 27 de octubre.