La Corte Suprema allanó el camino para que el empresario Carlos Blaquier sea juzgado por delitos de lesa humanidad
Revocó la falta de mérito que lo beneficiaba en una causa por hechos ocurridos durante la última dictadura.
El máximo tribunal del país puso la lupa sobre un empresario multimillonario. Se trata de Carlos Pedro Blaquier. El ingenio azucarero Ledesma es la empresa emblema de su corporación y opera desde hace 113 años con sede en la provincia de Jujuy. La Corte Suprema emitió un fallo que lo colocó en camino a ser juzgado por delitos de lesa humanidad a raíz de hechos ocurridos durante la última dictadura militar.
Con los votos de Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, revocó la falta de mérito que lo favorecía y lo puso a las puertas de un juicio oral y público por presunta complicidad civil en la denominada “Noche del apagón”, en julio de 1976.
El empresario, quien en los papeles ya no se encuentra al frente de la corporación, está acusado de haber facilitado la logística, mediante vehículos y otros aportes, para la detención en Jujuy de unas 400 personas. Los secuestros (de trabajadores, estudiantes, militantes y diversos profesionales) fueron realizados en medio de "sorpresivos" cortes de luz registrados en varias localidades de la provincia norteña.
La Corte Suprema definió como un “pronunciamiento arbitrario” la falta de mérito con la que la Cámara de Casación había beneficiado a Blaquier, de 93 años. Esa instancia judicial, según el fallo, "se ha apartado en forma manifiesta de la solución normativa prevista para el caso, obstaculizando indebidamente el avance del proceso".
El más alto órgano de justicia de Argentina reprobó el desprocesamiento que había favorecido al empresario "en un expediente cuya celeridad resulta especialmente relevante, por tener por objeto la dilucidación de delitos de lesa humanidad cometidos hace más de cuarenta años, y cuya investigación fue coartada por múltiples obstáculos legales".
El empresario, junto al exgerente administrativo de Ledesma Alberto Enrique Lemos, había sido procesado por el Juzgado Federal N° 2 de Jujuy. La consecuente sentencia que desprocesó a Blaquier había sido rubricada por los jueces Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinsky.
La Corte Suprema alertó ahora sobre "la desnaturalización de las reglas de la etapa en que se encuentra la investigación", lo que consideró que alteró "la finalidad de conducir las actuaciones del modo más rápido posible".
Por último, el máximo tribunal del país dispuso que el expediente regrese a la instancia penal, con la indicación implícita de despegar con velocidad al juicio oral y público.