El Gobierno porteño otorgará subsidios a los damnificados por el feroz temporal
Estableció la creación de un Régimen Especial a través de un DNU que fija la entrega de dinero, por única vez, según la magnitud del daño fehacientemente acreditado. Cómo se accede al beneficio.
El Gobierno porteño oficializó este jueves cuál será el alivio que dará a los damnificados por el feroz temporal que sacudió a la ciudad de Buenos Aires en la madrugada del domingo 17 de diciembre, y por lo que muchas personas se vieron afectadas por la caída de árboles, voladura de techos y daños generalizados en sus autos, viviendas y comercios.
Mediante un decreto de necesidad y urgencia, la Ciudad estableció la creación de un Régimen Especial de Subsidios para los perjudicados, que consistirá en la entrega de dinero, por única vez, según la magnitud del daño fehacientemente acreditado.
“La tormenta que azotó a la Ciudad produjo, entre otras desgraciadas consecuencias, la caída de diversas ramas y especies arbóreas en diferentes zonas, importantes daños y pérdidas materiales en el espacio público y la afección a bienes de los vecinos y las vecinas. Esa afectación extraordinaria demanda el necesario acompañamiento del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en forma inminente, a través de la adopción de acciones que permitan asistir de manera rápida y oportuna a los damnificados”, fundamentó el DNU firmado por los ministros del Poder Ejecutivo y por el jefe de Gabinete porteños.
Por otra parte, el artículo 3 establece que “las personas directamente afectadas podrán solicitar el otorgamiento de un subsidio que contribuya a atender y paliar los daños que hubieran sufrido en bienes inmuebles y/o automotores”.
Para poder acceder a dicho beneficio, los afectados deberán acreditar una afección en sus bienes, siguiendo los siguientes parámetros:
- Comprobar su asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y ser titular del dominio o sucesor universal.
- Para automotores radicados en territorio porteño, también se deberá acreditar titularidad del dominio o ser sucesor universal del bien dañado.
- Los eventuales perjuicios denunciados deberán ser acreditados en forma fehaciente ante la autoridad de aplicación.
Los vecinos tendrán hasta 20 días hábiles desde la entrada en vigencia de la reglamentación para poder certificar los daños. En el caso de barrios vulnerables, se determinarán mecanismos específicos de acompañamiento económico.
“Los fondos públicos que en todo concepto se destinen al presente régimen especial podrán alcanzar hasta un monto equivalente al dos coma cinco por ciento (2,5%) de la recaudación anual en concepto de Impuesto Inmobiliario y Tasa retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros”, explicó el artículo 6.
Las autoridades porteñas confirmaron que, desde el domingo, trabajan más de 2.500 operarios para atender los más de 6.400 reportes por árboles caídos, cables cortados y daños denunciados por los vecinos de la Ciudad.