El veto a la ley de tarifas por parte de Mauricio Macri estaba anunciado desde que el proyecto consiguió media sanción en Diputados. Al contrario de lo que circuló en las redes, vetar una ley está contemplado dentro de la Constitución Nacional y el Presidente (si así lo quiere) debe hacerlo en menos de 10 días. Puede ser total (como en este caso) o parcial y necesita las firmas de por lo menos un ministro además de la suya.

¿Por qué existe el veto?

Entre los tres poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) existe un sistema de control, de constante tironeo entre los tres para que ninguno tenga un poder discrecional. En el hipotético caso de que un Gobierno tuviera todo un Congreso en contra y le sancionara leyes contrarias a su plan semanalmente, el veto serviría como freno a esa situación.

¿Es irreversible un veto?

Macri, con la firma de Juan José Aranguren y Marcos Peña, ya envío  el proyecto a la Cámara donde comenzó el debate, de acuerdo a lo que dice el artículo 83 de la Constitución. Para insistir con el tema, los diputados en este caso necesitarían aprobarla esta vez con dos tercios para que pase al Senado, donde tendría que conseguir esa misma mayoría.

Ese es el principal inconveniente: la oposición no llega a reunir ese número. Es más, son poco más de 30 veces desde el regreso a la democracia que el Congreso insistió y aprobó una ley vetada por el Ejecutivo. De todas maneras, el poder del veto sólo sirve una vez: en casi inimaginable situación de que se se apruebe nuevamente este proyecto, Macri ya no podría hacer nada para neutralizarlo.

¿Puede un veto ir contra la ley?

No hay una sola posición al respecto. Algunos abogados consideran que analizar el motivo del veto presidencial derivaría en una intromisión de un poder por sobre el otro más que en un control. Del otro lado, sostienen que si un juez puede revisar si una ley es constitucional, ¿por qué no habría de hacer lo mismo con la decisión que toma una sola persona?

En las 12 carillas del texto donde explica porqué veta la ley, el Presidente aseguró que la potestad para definir cuadros tarifarios le corresponde al Poder a cargo de la administración, es decir, el Ejecutivo y cita un fallo de la Corte Suprema de 1939. No obstante, podría insistirse en que los fundamentos no son suficientes o que el Congreso está habilitado a debatir sobre los servicios públicos.

El fuero que debería encargarse de una posible demanda es el Contencioso Administrativo Federal, con varios guiños al Gobierno en estos últimos dos años. Culpable o no, Macri vetará en las próximas horas por séptima vez una ley salida del Congreso. No le llega ni a los talones al Mauricio jefe de Gobierno que vetó en ocho años unas 128 leyes que había impulsado la Legislatura porteña.