Apenas pasada la medianoche, la Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto de ley contra la violencia de género que busca capacitar a los tres poderes del Estado, más conocido como “Ley Micaela”, en homenaje a Micaela García, una joven de 21 años violada y asesinada en 2017 en Entre Ríos.

El presidente Mauricio Macri dispuso que la Cámara Baja trate el proyecto en sesiones extraordinarias, como respuesta a las numerosas denuncias de abuso que coparon los medios de comunicación, comenzando por la de Actrices Argentinas a Juan Darthés y seguida por una ola que llegó hasta el propio Congreso.

La Ley Micaela crea espacios de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado. Fue impulsada por el kirchnerismo, particularmente por la diputada Analía Rach Quiroga.

Capacitación en género para los tres poderes del Estado: los puntos clave de la Ley Micaela

Analía Rach Quiroga.

Los 7 puntos más importantes del proyecto:


  1. Establece la capacitación y formación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado.

  2. La capacitación es obligatoria para todos los trabajadores de la función pública sin importar su nivel y jerarquía, si está de forma permanente, o transitoria; si llegó al cargo por concurso o asignación.

  3. Es obligatorio aprobar esta capacitación, que incluye algunos contenidos curriculares mínimos.

  4. Corresponderá al Instituto Nacional de las Mujeres (INAM), a cargo de María Fabiana Túñez, hacer aplicar la ley. Será también quien se encargue de formar directamente a las máximas autoridades del Estado en la temática.

  5. Las capacitaciones del INAM se harán en colaboración con las propias oficinas de género de las instituciones correspondientes (si ya existen, si no, deben ser creadas o adaptadas).

  6. Mediante su página web, el INAM publicará información pública respecto al grado de cumplimiento de las formaciones contra la violencia de género en cada uno de los organismos del Estado y realizará informes de seguimiento sobre su impacto.

  7. Se considerará como una "falta grave", pasible de una sanción disciplinaria, que algún empleado público se negase, "sin causa justa", a participar de las capacitaciones.