Juicios por jurado: cómo avanzan en la Argentina
Casi la mitad de las provincias cuentan con esta norma habilitada. Cuáles son los delitos más recurrentes y qué tasas de condenas y absoluciones se registran. Catamarca será la próxima jurisdicción en permitir la participación ciudadana. Qué ocurre a nivel municipal.
Los jurados populares volvieron a tomar interés público a raíz del caso de Gilad Gil Pereg, apopado en los medios como “el hombre gato”, que fue condenado recientemente a prisión perpetua por asesinar a su tía y a su madre en enero de 2019 en Mendoza. El presidente Alberto Fernández ya anunció en marzo de 2021 que impulsará un proyecto para promover este sistema a nivel federal ¿En qué medida está funcionando en la Argentina?
Los distritos del país que cuentan con normas que habilitan los juicios por jurados son diez: Ciudad de Buenos Aires, Provincia de Buenos Aires, Chaco, Mendoza, Entre Ríos, San Juan, Catamarca, Neuquén, Chubut y Río Negro. De acuerdo a datos relevados por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), todos juntos suman más de 500 procesos judiciales realizados mediante este sistema, de los cuales 374 corresponden sólo a Buenos Aires.
Cabe resaltar que cada jurisdicción posee su propia normativa para los casos en que se aplican los jurados populares. A modo de ejemplo, en Río Negro la acusación debe ser por delitos de más de 12 años; Buenos Aires los implementa en delitos de mayores de 15 años o de pena de reclusión perpetua, aunque es el único lugar del país donde el acusado puede renunciar a ser sometido a este sistema; mientras que Mendoza sólo los permite en los homicidios agravados.
Modelos clásicos y mixtos
En el mundo existen dos grandes modelos, denominados clásico y mixto. Este último rige solamente en Córdoba e implica un tribunal compuesto por dos jueces profesionales que deliberan junto a ocho ciudadanos comunes para determinar la culpabilidad o inocencia de un acusado. En tanto, el modelo clásico, que se impuso en el resto de los nueve distritos, está compuesto por 12 personas -seis hombres y seis mujeres- que estudian el caso de forma secreta.
A excepción de Neuquén, Buenos Aires y San juan, todas las jurisdicciones requieren de la unanimidad, es decir, que las 12 personas se pongan de acuerdo tanto para condenar o absolver al acusado. En diálogo con El Canciller, Aldana Romano, politóloga y directora del INECIP, destacó que a pesar del “temor” que tuvieron estas tres provincias, los jurados con unanimidad llegan a un veredicto en una “enorme” mayoría de los casos.
¿Condenas?
En relación a las tasas de condenas y absoluciones, Romano aclaró que varían en función de las exigencias de las mayorías y los requisitos para aplicar los jurados populares. Tal es así que como en Buenos Aires la fiscalía y el Ministerio Público son los que deciden los casos que van a jurados, lo “más lógico” es que los fiscales presenten mediante este sistema aquellos que tengan mayor cantidad y calidad de pruebas. “Por esto, no sorprende que allí haya un 70% de veredictos culpables”, agregó la autora de la investigación “El Poder del Jurado”.
Los casos que decidieron los bonaerenses hasta ahora fueron homicidios (66%), abusos sexuales (18%), situaciones de robo (12%) y abusos de autoridad o delitos relacionados a estupefacientes (4%). En los homicidios las condenas ascienden a 67%, al tiempo que en los de abuso sexual escalan a 81%.
Por otra parte, la experta remarcó el “muy buen” trabajo de la fiscalía de Mendoza, que con el caso del “hombre gato” ya suma 24 veredictos de culpabilidad de un total de 26, una tasa de condena “inmensa”. Otra situación interesante es la de Chaco, que aplica los juicios por jurados para penas de reclusión perpetua, homicidios y algunos delitos contra la integridad sexual. De 13 juicios que se llevaron a cabo en esta provincia con este sistema, 11 terminaron con condena.
Además, en esta provincia, si bien la legislación permite que integrantes de los pueblos originarios formen parte del jurado, se está evaluando sumar explícitamente a la normativa una conformación particular en los casos en que víctima y acusado pertenezcan a comunidades indígenas.
Hacia los jurados municipales
“La participación de los jurados está alentando a que otros niveles de la justicia entiendan la importancia que conlleva abrir las puertas a la ciudadanía para la toma de decisiones”, analizó Romano. En este sentido, la localidad de San Patricio del Chañar, situada en Neuquén, estableció recientemente el primer Tribunal Municipal de Jurados del país, el cual resuelve conflictos de convivencia graves que afecten a la comunidad. Las sanciones que aplica son administrativas en lugar de penales, y está compuesto por 7 ciudadanos.
Asimismo, la ciudad de Rosario también está debatiendo implementar una experiencia similar, mientras que algunos municipios de Corrientes, Mendoza y Chaco ya están realizando consultas al INECIP al respecto. “En estos momentos de crisis de legitimidad de las instituciones democráticas es necesario abrir la participación de la ciudadanía, que relegitima los sistemas y colabora en todos los casos para ofrecer decisiones de mayor calidad”, concluyó la especialista.