Oficializaron el bono que cobrarán los jubilados en agosto: de cuánto es y cómo queda el haber
El Gobierno publicó en el Boletín Oficial que volverá a entregar el adicional, que se suma a una suba del 4,6% en línea con el Índice de Precios al Consumidor de junio.
El Gobierno oficializó este jueves que otorgará nuevamente un bono de $70.000 a los jubilados de menores ingresos. Se trata del octavo plus por el mismo monto que ofrece el Ejecutivo, que se sumará al incremento de haberes por inflación que recibirán todos los beneficiarios de la clase pasiva este agosto.
Según lo fijado en el Decreto 667/2024 publicado en el Boletín Oficial, la jubilación mínima pasará con ese extra a ser de $295.454, ya que el haber base fue fijado en $225.454 por el aumento del 4,6% determinado en línea con la inflación de junio dada a conocer por el Intituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Además, el texto aclaró una vez más que aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $225.454,42, el monto máximo del Bono Extraordinario Previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar el tope de $295.454,42.
Según lo previsto por el nuevo decreto, firmado por el presidente Javier Milei y las ministras Diana Mondino y Sandra Pettovello, el bono de $70.000 será otorgado a:
- Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES, otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de dicha ley, y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05.
- Los beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias.
- Quienes reciben pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.
El martes pasado, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dispuso el alza correspondiente en base a la fórmula de movilidad que ajusta por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de dos meses antes, en este caso el de junio, en una medida que quedó reflejada en las Resoluciones 389 y 390 publicadas en el Boletín Oficial.
Además, esa actualización lleva el máximo haber jubilatorio a $1.517.094, mientras que la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será de $180.363 y la Prestación Básica Universal (PBU), de $103.135.
Fórmula de movilidad en el Congreso
Mientras tanto, el Senado espera para tratar un proyecto de la oposición que obtuvo media sanción con amplia mayoría en Diputados el mes pasado, y que apunta a cambiar el mecanismo de actualización de haberes jubilatorios y que el sector recupere lo perdido en el primer mes del año, cuando el IPC mensual superó el 20%.
La sesión en la Cámara baja iba a realizarse durante la primera semana de julio, pero se pospuso para agosto en medio de una fuerte tensión con el Gobierno nacional, que se opone al gasto extra que implicaría esa modificación, que propone una actualización mensual en base al último dato disponible del IPC -tal como es en la actualidad- pero suma una compensación extra o "empalme" del 8,1% debido a que el Ejecutivo otorgó un 12,5% de recomposición en abril que no cubre el 20,6% de la inflación de enero, que fue el mes que quedó fuera de la nueva fórmula fijada por decreto por Milei.
También establece que el haber mínimo sea el equivalente al 1.09 del valor de la Canasta Básica Total de un adulto, y un adicional del 50% de la variación entre la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y el IPC, para que se produzcan mejoras en casos de crecimiento económico.