La economista y ministra de Relaciones Exteriores, Diana Mondino, confirmó que “en Argentina se podrán pactar contratos en Bitcoin”. De esta forma, se expresó en consonancia con Javier Milei, quien sostuvo que parte de las 366 normas que incluyó el megadecreto están orientadas a permitir el uso de “monedas extranjeras en tus transacciones”. 

En la misma línea, la normativa publicada en el Boletín Oficial estableció con respecto a la derogada Ley de Alquileres que “será válido el uso de cualquier índice pactado por las partes, público o privado, expresado en la misma moneda en la que se pactaron los alquileres”.

Unos minutos más tarde de su primer tuit, la Ministra aclaró que no se refería exclusivamente a Bitcoin, sino que aplica para “cualquier otra cripto y/o especie, como kilos de novillo o litros de leche”, amparándose en el artículo 766 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina.

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Dicha norma sostiene que, en la obligación de dar sumas de dinero, “el deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la moneda designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene”.

El discurso de la Canciller va en línea con la intención de Milei de liberar el mercado, quitar la regulación por parte del Estado y dejar que los ciudadanos pacten entre ellos. 

"Es preciso respetar la voluntad de los ciudadanos de pactar las formas de cancelación de sus obligaciones de dar sumas de dinero, sin distinción del curso legal o no de la moneda que se determine, sin que pueda el deudor o el juez que eventualmente intervenga obligar al acreedor a aceptar el pago en una moneda diferente, salvo pacto en contrario”, sostiene el DNU.