Finalmente, el Gobierno avanzó con el proceso de quita de subsidios en las tarifas de gas y electricidad y detalló cómo se implementará el aumento gradual en las boletas según los niveles de ingreso de cada usuario, la forma en la que se segmentará a los consumidores, los mecanismos para reclamos y la declaración jurada que deberán completar quienes quieran mantener la ayuda estatal, entre otros puntos. Así se informó a través de la Resolución 467/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial.

Gas y electricidad: detalles del mecanismo de quita de subsidios

¿Qué dice la Resolución?

• Autoridad de Aplicación: se precisó que será la Subsecretaría de Planeamiento Energético la encargada de “realizar el diseño integral y la gestión” de la segmentación de los consumidores residenciales de ambos servicios públicos, para definir quiénes seguirán recibiendo la ayuda y quiénes pasarán a pagar con incrementos. También, será quien definirá los mecanismos y acreditaciones necesarios para adquirir la condición de “Usuario o Usuaria Residencial del Servicio” tal como lo establece el artículo 6° del Decreto 332/2022.

 Inscripción: El Artículo 4° de la Resolución 467/2022 aclara que habrá dos maneras de realizar la declaración jurada para acceder a los subsidios de gas natural y energía eléctrica. Por un lado, podrá cargarse de manera digital, en el sitio www.argentina.gob.ar, a través de dispositivos móviles y computadoras personales. Por otro, existirá la posibilidad de efectuar el trámite en las oficinas de atención al público de las empresas prestadoras de los servicios y de la ANSES.

• Esquema divisorio: los usuarios de los servicios públicos de gas y de electricidad quedarán divididos en tres grupos que tienen distintos porcentajes de aumentos en sus facturas y, en el caso de aquel de más poder adquisitivo (un 10% del total), se pagará la tarifa plena, sin subsidios del Estado. En base al Decreto 332/2022 los segmentos son "alto", "medio" y "bajo" según su nivel de ingresos y el estado patrimonial de los usuarios.

 Beneficiarios de planes sociales: los beneficiarios de programas sociales nacionales de transferencia monetaria como Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH), Asignación Universal por Embarazo para Protección Social (AUE) Programa de Respaldo a Estudiantes Argentinos (PROGRESAR), Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local (POTENCIAR TRABAJO) y otros similares formarán el "Nivel 2" dentro de la categorización del padrón de usuarios.

• Empadronamiento: según especifica la Resolución 467/2022 el padrón de las personas incluidas en el régimen de subsidios “será informado por la Subsecretaría de Planeamiento Energético al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), a los demás entes reguladores, autoridades provinciales para su implementación y comunicación a los usuarios”.

 Falta de definiciones: queda por definirse aún las normas vinculadas a la presentación ante las prestadoras de la declaración jurada de aquellos clientes que no la hubieren podido completar electrónicamente; a los procesos, modos, periodos y mecanismo de facturación y a la resolución de los reclamos que efectúen los titulares o usuarios en razón de su categorización.