El Gobierno reglamentó este lunes los cambios en el impuesto a las Ganancias contemplados en la normativa fiscal aprobada por el Congreso junto a la Ley Bases. Según lo determinado en el decreto 652/2024, publicado en el Boletín Oficial, se calcula que entre 800.000 y un millón de trabajadores que no estaban afectados actualmente por el gravamen lo volverán a pagar desde agosto, en base a los ingresos de julio. 

La nueva normativa establece el piso del mínimo no imponible en $1,8 millones para solteros y $2,2 millones para personas con dos hijos. Dado que rige desde este mes, los empleados alcanzados verán sus efectos en los salarios que cobrarán los primeros días de agosto, aunque resta saber si habrá tiempo para que las empresas puedan aplicar de inmediato la modificación impositiva en sus nóminas.

Antes de la sanción de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes (más conocido como "paquete fiscal"), la base desde la cual quedaban exentos los trabajadores era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $2,3 millones hasta junio y $3,5 millones desde julio. 

En lo que respecta a los nuevos mínimos, durante este año habrá actualizaciones trimestrales en septiembre y diciembre en los montos y las escalas, pero que pasarán a ser semestrales a partir del 2025, conforme a la inflación.

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La reglamentación especifica que los montos "se ajustarán semestralmente, a partir del año fiscal 2025, con efectos a partir del 1° de enero y del 1° de julio, por el coeficiente que surja de la variación del índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC, correspondiente al semestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice".

En este marco, desde agosto, una persona soltera que gana $1.900.000,00 pagará $4.149,99, mientras que a alguien que percibe $2.000.000 se le descontarán $10.939,99.

En tanto, quienes cobren $2.600.000 brutos por mes deberán pagar casi $100.000 de Impuesto a las Ganancias, más precisamente $99.979,36. Por su parte, quienes cuenten con ingresos por $3.200.000 tendrán que abonar $230.817,12.

Incluso habrá quienes sufrirán un descuento de casi $1.000.000: es el caso de los solteros con sueldos brutos de $5.500.000, que tendrán que pagar $937.830,40.

Por el lado de las personas con el mismo estado civil pero con dos hijos, el mínimo no imponible asciende a $2.100.000, con una retención de apenas $215,85. Sin embargo, aquellos con ingresos de $5.500.000 tendrán un impacto de $852.191,47.

Ahora bien, los casados, también con dos hijos, serán alcanzados por el tributo si cobran más de $2.100.000. Aquellos con una remuneración de $2.400.000 deberán destinar $1.683,33 y quienes tengan un sueldo bruto de $3.200.000 sufrirán una retención de $121.396,38.

Esta ascenderá a $287.090,03 para quienes perciban un sueldo de $3.900.000, y llegará a $767.283,37 en el caso de quienes cuenten con un salario bruto mensual de $5.500.000.