Puerta abierta: limita la Corte la educación religiosa en Salta pero habilita a Urtubey un atajo
Todo empezó en 2010. Un grupo de familias presentó un amparo contra la decisión de que las clases de religión fueran obligatorias en las escuelas. Siete años después, la Corte Suprema trajo a Salta de vuelta al siglo XXI y estableció que no se puede impartir educación religiosa en los establecimientos públicos aunque le dejó abierta una ventana para que los contenidos sigan dándose.
La batalla que enfrentaron las familias, patrocinadas por la Asociación de Derechos Civiles, fue meterse en un túnel del tiempo. "Desde el siglo XIX, la Constitución de Salta ordena la educación religiosa, y en el siglo XX hubo cuatro o cinco intentos de modificar esto, pero cuando se quiso cambiar, el pueblo de Salta se manifestó en contra”, dijo hace tres meses el gobernador de Salta Juan Manuel Urtubey.
Urtubey: "Cuando se quiso cambiar la educación religiosa, el pueblo de Salta se manifestó en contra"
El camino a la Corte fue complejo, la justicia salteña no le dio en ningún momento la razón a los familiares que pedían que se garantice la neutralidad del Estado en materia religiosa. Antes del fallo, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti escucharon en audiencias públicas a organizaciones a favor y en contra de las clases religiosas.
Lo que finalmente dijeron tres de los miembros de la Corte (Rosatti votó en disidencia) es que el inciso de la norma que dictó el Ministerio de Educación salteño (y que estableció la obligatoriedad de la educación religiosa) es inconstitucional. Afirmaron que, al estar dentro del horario escolar y del plan de estudios, favorece "conductas discriminatorias hacia los y las niños y niñas que no integran 'el grupo religioso predominante'”.
Salta es una provincia profundamente católica. Lo que se mostró en esas audiencias públicas (a las que cualquier ciudadano podía asistir) es que en muchos escuelas salteñas se "adoctrinó” a los alumnos en el catolicismo. Se mostraron textos y ejercicios que eran utilizados en las clases, donde la neutralidad brillaba por su ausencia. Ni hablar de considerar alguna otra religión.
Si bien la Corte le cerró la puerta a la enseñanza religiosa dentro del horario escolar, le dejó abierta una ventana a la provincia. En un apartado, los tres jueces aseguraron que ningún principio de derechos humanos impide la enseñanza de religiones "como fenómenos socioculturales” siempre y cuando "sea objetiva y neutral”.
Para eso, manifestaron que se debe elaborar un contenido "curricular específico y claro respecto de la neutralidad, que se enfoque en el encuentro interreligioso y en el respeto de los laicos” y que debe darse fuera del horario de clase. ¿Quién va a elaborar esos contenidos? ¿Será el mismo Ministerio de Educación salteño que incluyó únicamente lo relacionado con el catolicismo?
Rápidamente, Urtubey envío un proyecto a la Legislatura de la provincia para que la ley sobre enseñanza religiosa se adecúe a este fallo de la Corte, después de una reunión con la ministra de Educación y con la fiscal de Estado. En líneas generales, la educación religiosa no va integrar los planes de estudios obligatorios y se va a seguir dando pero fuera del horario estrictamente de clases. Es decir, seguirá presente pero fuera del horario de protección a los laicos.