"Viví el caso con mucha emoción", confiesa Mariana Josefina Rey Galindo, jueza Civil en Familia y Sucesiones de Monteros, provincia de Tucumán, sobre la sentencia que dictó, y de la que todos hablan. El 7 de febrero, la magistrada reconoció el derecho a una menor de edad -"Juli S., nombre de fantasía"-, a tener dos padres, el biológico y el legal.

De esta manera se garantizó "el derecho a la dignidad personal" de la niña y el "derecho a no elegir entre sus papás". También hizo hincapié en el "derecho a crecer en la familia conformada por sus dos padres", es decir, pluriparental. La misma se integra por Juli S., Jorge S., Roberto L. y Lucía C., la madre de la menor.

Es la primera vez que se dicta un fallo de este tipo en un caso de filiación. Sin embargo, "ya existe el reconocimiento de dos padres para las técnicas de reproducción asistida", explica la jueza a El Canciller.

La Justicia tucumana autorizó a que una menor tenga una madre y dos padres.
La Justicia tucumana autorizó a que una menor tenga una madre y dos padres.

La nena vive durante la semana en Amaicha del Valle con "su papá Jorge (S.), su hermana Nair (S.) de 11 años, y doña Hilda –hermana de Jorge-", sostiene la sentencia. Mientras que los fines de semana vive con "su papá Roberto (L.) y su hermana Hade (L.). La mamá de Juli se llama Lucía y vive en otro sitio. Allí -en la casa de su mamá- también tiene dos hermanos más pequeños".

"Juli nos manifestó su modo de vivir, la integración de su familia y los lazos que la une a sus padres", sostiene Rey Galindo. Luego de escuchar a la nena de nueve años, explica que "la decisión parte del respeto absoluto de la subjetividad de la niña".

La magistrada reconoce que "las normas argentinas son un límite" para el dictado de este tipo de sentencias, por tal motivo basó la misma en la Convención Americana de Derechos del Niño, y otros tratados de derechos humanos.

"El debate está instalado, aunque hay algunos que están de acuerdo y otros que no. Todos merecen ser oídos", expresa Rey Galindo. Y agrega: "Estas son puertas que se abren, es una excepción y no sé si se convertirá en la regla".

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El origen del caso

El expediente comenzó porque el padre biológico, Roberto L., pidió a la Justicia que se desplace a Jorge S. como padre de la menor. De esta forma se inició un juicio de filiación, que implica un proceso que determina quién es el padre. Sobre esta cuestión, Rey Galindo sostiene que "en ningún momento el padre legal cuestionó la paternidad biológica del otro".

Para tomar la decisión, las palabras de la niña fueron fundamentales. "Juli nos dijo que no la hagan elegir entre ellos porque siente que ambos son sus papás", explica la jueza de la causa. La nena estuvo al cuidado de su padre no biológico desde sus primeros meses de vida, dado que el hombre se casó con su madre.

También el fiscal fundamentó su dictamen en que "no existe conflicto en torno a la identidad de la niña", dado que ella conoce "los roles de cada padre y su procedencia biológica". Por eso aconsejó a la jueza que respete "la identidad dinámica de la niña y su derecho a mantener la conformación familiar tal cual se refleja en la realidad".