IVA y Ganancias: los fallos en manos de la Corte Suprema
Se trata de los decretos 561/19 y el 567/19 anunciados por Macri luego de la devaluación pos PASO.
Tras la contundente derrota en las elecciones primarias, el presidente Mauricio Macri anunció una serie de medidas económicas con el objetivo de paliar la fuerte devaluación que se produjo. Sin embargo, hubo dos que despertaron el malestar de los gobernadores y que llegaron a la Corte Suprema: las rebajas de IVA en productos esenciales y la suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.
Así, la Corte Suprema falló a favor de las provincias y el Estado Nacional deberá asumir toda la rebaja de IVA y Ganancias. Esta medida no resuelve la inconstitucionalidad de los decretos, pero sí obliga al Estado a no reducir esos recursos coparticipables hasta que se dicte una sentencia definitiva.
“Los decretos producen una detracción enorme de la masa coparticipable sin atender ni al principio de intangibilidad o integralidad de los recursos ni a los específicos procedimientos convencionales que deben llevarse a cabo entre las provincias y la Nación tal como establece la Ley", decía la demanda de una de las provincias.
El detalle de los decretos
Se trata de los decretos 561/19 y el 567/19. El primero subió el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias. Este gravamen quedó en $55.376 para un trabajador soltero y en $70.274 para un trabajador con cónyuge a cargo y dos hijos e implica una mejora en promedio de $2000.
Los quince reclamos pertenecen a las provincias de Formosa, Tierra del Fuego, Catamarca, Chubut, La Pampa, La Rioja, Neuquén, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santiago del Estero, Tucumán, Misiones, Santa Fe y San Juan.
El segundo, por su parte, eliminó el IVA a un grupo de alimentos que integran la canasta básica. El Ejecutivo redujo de 21% a 0% el impuesto para los productos con el objetivo de morigerar el impacto de la devaluación.
De acuerdo a las declaraciones del propio Presidente, se trata de una medida temporal que regirá hasta diciembre y que abarca al pan, leche, aceite girasol y mezcla, pastas secas, arroz, harinas de trigo, polenta, rebozador y pan rallado, yerba mate, mate cocido y té, conservas de frutas, hortalizas y legumbres, yogures y azúcar.
¿Y el combustible?
Otra de las medidas anunciadas por Macri fue el congelamiento de los combustibles por 90 días. La medida apenas sobrevivió por poco más de un mes, cuando el Gobierno autorizó un aumento del 4% en los surtidores, que comenzó a regir el 19 de septiembre.
En este caso, la demanda fue promovida por tres provincias petroleras (Neuquén, Río Negro y La Pampa).
Todos estos casos fueron llevados invocando la "competencia originaria" del máximo tribunal; es decir, con el argumento de que son causas que deben tramitar desde el principio en la Corte por ser demandas de los estados provinciales contra el nacional.