El juez Lavié Pico hizo lugar a la apelación del Gobierno y ahora definirá la Cámara en lo Contencioso Administrativo
El magistrado aceptó el cuestionamiento del Ejecutivo a su propio fallo, que había habilitado la feria judicial para tratar el primer amparo presentado contra el megadecreto, a la vez que había rechazado acumular todas las causas en su juzgado.
El juez en lo Contencioso Administrativo Federal Enrique Lavié Pico hizo lugar este martes a la apelación del Gobierno Nacional contra su propio fallo, por medio del cual habilitó la feria judicial de verano para tratar un amparo presentado contra el mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, y en el que rechazó el pedido para que todas las causas se acumularan en su juzgado.
De esta forma, la Procuración General del Tesoro, a cargo de Rodolfo Barra y que apeló el dictamen el lunes pasado, busca quitarle a la Cámara del Trabajo los tres expedientes en los que aceptó las medidas cautelares presentadas por la Confederación General del Trabajo (CGT), la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) y la Federación Única de Viajantes de Comercio de Argentina (FUVA).
Ahora, serán Sergio Fernández y Carlos Grecco, de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, quienes deberán analizar las decisiones cuestionadas por el Gobierno Nacional.
Respecto a la apelación realizada el pasado lunes, la Procuración General del Tesoro objetó también la decisión del juez de no llevar el amparo del Observatorio de Derecho a la Ciudad como un trámite de carácter colectivo.
Antes del inicio de la feria, el titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°2, Esteban Furnari, había catalogado el reclamo de esa manera, de modo que lo que resolviera en ese planteo impactaría para todos y no sólo a quienes se presentaron.
Sin embargo, Lavié Pico señaló que cada planteo se refería a una cuestión diferente del DNU y, por eso, desarmó el amparo colectivo. Pero el Gobierno pretende concentrar todas las presentaciones en un único juzgado y por eso también apeló al respecto.
La presentación firmada por dos abogados de la Procuración del Tesoro sostuvo sobre la decisión de anular ese reclamo general: “El juez de feria en lo Contencioso Administrativo ha resuelto, por fuera de los límites de su jurisdicción, en contraposición a las normas procesales y al procedimiento reglado en la Acordada 12/2016, generando un estado de inseguridad jurídica. Así afectó el derecho de defensa de esta parte y el debido proceso”.
En tanto, por el momento no hubo una definición sobre el amparo que apunta a la totalidad del DNU de Javier Milei, sino sólo sobre los presentados contra el Capítulo IV, que hace referencia a la reforma laboral.
Antes de sus presentaciones, el Procurador del Tesoro reivindicó el fin de semana pasado las facultades con las que cuenta Milei, al afirmar que “la Argentina es un país hiperpresidencialista”. Barra agregó que “si el Congreso se siente ofendido por el DNU puede anularlo o echar al jefe de Gabinete (Nicolás Posse) sin causa, entre otras prerrogativas”.