1) Esenciales

El Gobierno publicó el decreto que declara a la telefonía celular, TV paga e internet como servicios públicos y congela los precios de sus tarifas hasta fin de año.

Los fundamentos de la norma giran en torno a que es un derecho humano el acceso a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).

Para poder garantizar el derecho, a través de cualquier plataforma, "requiere de la fijación de reglas por parte del Estado para garantizar el acceso equitativo, justo y a precios razonables".

En países como México y Francia, el derecho de acceso a Internet se consagró en sus legislaciones. En 2013 se consagró en el artículo 6 de su Constitución Política mexicana. Mientras que en 2009, el Conseil Constitutionnel francés también lo estableció.

El punto clave del decreto 690/2020 es que estos servicios son "públicos, esenciales y estratégicos en competencia".

"El servicio público esencial en competencia no implica estatización, sino que el Enacom (ente regulador) tiene la potestad, de nuevo, de reunirse con los licenciatarios de los servicios para definir topes de aumentos a fin de año", explicó la Secretaría de Innovación Pública, Micaela Sánchez Malcolm.

2) La conectividad como un derecho

También aclaró en diálogo con C5N que "el Estado tenía esa función hasta que el gobierno anterior la derogó". En los considerandos de la norma se expresa esa situación. "Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 267/2015 se derogó gran parte del andamiaje legalmente establecido en materia de servicios de comunicación audiovisual y de las TIC, abandonándose la idea del acceso a estos últimos como un derecho humano".

Asimismo, el texto aclara que tras el dictado del DNU en 2015, el acceso a este derecho quedó "librado a ley de la oferta y demanda como una simple mercancía, contrariamente a lo previsto en la Constitución Nacional".

La Carta Magna, en su artículo 42, prevé "el deber de las autoridades de proveer a la protección de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados así como a la calidad y eficiencia de los servicios públicos".

3) Limita los aumentos

Pese a que había un aumento previsto para septiembre, los servicios no podrán aplicarlo. El titular de Asociacion de Defensa de Usuarios y Consumidores (ADDUC), Osvaldo Bassano aclaró que "en caso de duda sobre tarifas, siempre se está a favor del derecho del consumidor". Y agregó: "Si reciben aumentos hagan la denuncia".

También señaló que si el consumidor recibió la notificación de un futuro aumento no va a poder hacerse, porqueentra en vigencia el decreto que congela tarifas.

A su vez, Bassano sostuvo que "se debe terminar con los monopolios, dado que cuento más progresan ellos, menos lo hace la sociedad". Además, hizo hincapié que si se suscite un conflicto entre prestador y usuario "debe resolverse en audiencias públicas".

Ante las dudas que surgen entorno de la nueva norma y las críticas por parte de la oposición, Sánchez Malcolm aclaró que el decreto "no regula el contenido de la ley 27.078 de TIC  ni se piensa en un cuadro tarifario, está pensado en base a derechos".

4) Servicio básico universal

La funcionaria hizo hincapié en que por la pandemia "las familias se contactan a través de dispositivos digitales y que es por ello, que el Estado debe acompañar a la ciudadanía".

También el Gobierno busca que exista un servicio básico universal obligatorio para acceder a un servicio estándar. "Todos los prestadores tendrán que ofrecerlo", apuntó la Secretaría de Innovación Pública.