El Gobierno nacional modificó el Decreto N° 41.223 relacionado con la propiedad intelectual y los derechos de autor. A partir de ahora, internet se considera un "espacio público", lo que significa que para reproducir obras en la web se necesitará el permiso de los creadores y se deberá pagar por su uso. Asimismo, se aclaró que quedan exentos los evento que se lleven a cabo "en un ámbito privado", por lo que los salones de fiesta, por ejemplo, ya no deberán abonarle ningún porcentaje a Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC).

"Se entiende por representación o ejecución pública aquella que se efectúe, cualquiera que fueren los fines de la misma, en un espacio de acceso público, libre y dirigido a una pluralidad de personas", se detalló el texto publicado en el Boletín Oficial.

La nueva normativa publicada este martes destacó la importancia de los medios tecnológicos y digitales como parte de la vida diaria de muchas personas, por ejemplo las plataformas de streaming, y resaltó la facilidad para acceder a los mismos.

El documento hizo hincapié, además, en la modernización de la "comercialización de licencias de reproducción", autorizando las programadas para la difusión pública de contenidos. "Así agiliza el cumplimiento de las obligaciones en establecimientos con tránsito público (comercios, etc)", se graficó.

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Dentro de las modificaciones, también se indicó que los autores, a partir de ahora, tienen derecho a recibir una remuneración equitativa "de cualquier persona que, en forma ocasional o permanente, obtenga un beneficio económico directo o indirecto con la utilización pública de una obra" o bien realice un evento con ella. No obstante,  especificó que no será necesario pagar por su uso siempre y cuando la reproducción tenga "carácter didáctico" o sean "conmemoraciones patrióticas en establecimientos educacionales oficiales o autorizados por el Estado".

En contrapartida, a partir de los cambios otorgados por el Gobierno, se determinó que quedan eximidos de esta norma cualquier evento que se desarrolle "en un ámbito privado", sea de ocupación permanente o temporal, por lo que una fiesta en un salón ya no abonará a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC).

Sobre estos cambios, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger expresó en un comunicado de X: "Existía una controversia sobre si, por ejemplo, el uso de un televisor en una habitación de hotel consistía en una difusión pública o privada. El Decreto, que cambia una norma del año 1934, precisa que en ese caso se trata de un ámbito de reproducción privada. La confusión había provocado el absurdo de que se cobraran derechos por la mera existencia de televisores en la habitación de un hotel (aún si el cuarto estaba vacío), lo que encareció significativamente la prestación de los servicios".

Manuel Adorni, vocero presidencial también se refirió al tema en la conferencia diaria de este miércoles: "Esto es un avance muy importante porque significa que, por ejemplo, los alojamientos, donde se realizan eventos privados, no van a tener que pagar por la música o películas que pasen o en las habitaciones; lo que mejorará el precio de la tarifa es la implicancia de estos derechos de propiedad mal definidos, que, muchas veces alcanzaba el 10% el costo de esa tarifa".