La Corte Suprema ratificó el fallo que le dio más poder a la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires
Rosatti, Lorenzetti y Rosenkrantz rechazaron un planteo de la Asociación de Magistrados, que había cuestionado una resolución que dispone que las causas nacionales deben ser revisadas por el Tribunal Superior porteño.
La Corte Suprema de Justicia rechazó este martes un planteo de la Asociación de Magistrados y ratificó un fallo emitido el pasado 27 de diciembre, que permite que las causas nacionales sean apeladas ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.
Con la firma de los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, y un voto concurrente de Carlos Rosenkrantz, el Máximo Tribunal resolvió que resulta inadmisible el planteo efectuado por la entidad que agrupa a los jueces federales, nacionales e integrantes del Ministerio Publico Fiscal y de la Defensa, que habían pedido que se "revocara y suspendieran los efectos" del denominado "caso Levinas".
Según la Corte, la Asociación de Magistrados no se encuentra habilitada para plantear recurso, porque no es parte en el proceso judicial en el que se dictó la medida. Es decir, que no tiene una participación legítima en el caso, según lo exige el articulo 14 de la Ley 48, aun cuando la medida que cuestiona de alguna forma pueda afectarla.
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Del mismo modo, la resolución sostiene que el planteo de la Asociación de Magistrados "resulta de todos modos improcedente pues, como lo tiene repetidamente decidido esta Corte, sus sentencias definitivas e interlocutorias no son susceptibles de ser modificadas por el recurso de revocatoria (artículos 238 y 160 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), ni por el de nulidad, salvo situaciones excepcionales que no concurren en la especie".
Rosatti y Lorenzetti fundamentaron su rechazo en que, por un lado, la Asociación de Magistrados no era parte en el expediente y, por otro, en que las sentencias de la Corte no son recurribles. Rosenkrantz, por su parte, adhirió al voto de los miembros restantes, aunque aclaró que esa decisión no cambia su postura disidente en el fallo original.
El "caso Levinas" le da más poder a la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires para revisar las decisiones de las causas civiles, comerciales, laborales y penales. La sentencia contempla que, después de la intervención en una causa por parte de una Cámara Nacional, se puede apelar a la Justicia porteña antes de a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Los jueces nacionales se resisten a esta medida porque implicaría un traspaso de sus funciones. De hecho, la semana pasada, en un polémico acuerdo plenario, la Cámara de Apelaciones en lo Civil resolvió que no enviará sus decisiones para ser revisadas al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad.
También el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, le había demandado al máximo tribunal del país suspender su fallo emitido a finales de diciembre, al argumentar que la disposición provocará que el Ministerio Público Fiscal se vea "impedido de cumplir con sus funciones legales y constitucionales en casos que tramitan ante la justicia nacional con competencia sobre la Ciudad".
A su vez, manifestó que la "nueva doctrina" promoverá una actividad procesal para la cual "las fiscalías nacionales no están legalmente habilitadas por la simple razón de que no tienen más competencia que la establecida en la ley, y esta no les confiere legitimación procesal para actuar en el foro local".
"Esa suerte de hipotética actuación mixta constituiría un obstáculo para el diseño de una política criminal coherente, pues la actuación de los fiscales nacionales conforme los criterios de actuación establecidos por este Despacho, podría verse frustrada de no ser estos compartidos por el ministerio público local que, como es obvio, habrá de regirse por los que le son propios", agregó.