La Corte Suprema de la Nación ordenó que la jueza María Ana Figueroa deje su cargo. El máximo tribunal, conformado por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz lo decidió por unanimidad y le comunicó la determinación al Consejo de la Magistratura y a la Cámara Federal de Casación Penal. 

El Máximo Tribunal tomó la decisión amparándose en la Constitución Nacional, que establece que los miembros del Poder Judicial de la Nación cesan en sus cargos al cumplir 75 años de edad, salvo que sean previa y nuevamente designados. Para ello, se requiere del acuerdo del Senado y esa ampliación no puede extenderse por más de cinco años.

Este martes, los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal se habían reunido para debatir y definir la situación de Figueroa, que el pasado 9 de agosto cumplió 75 años. La jueza no estaba ejerciendo y sí se encontraba a la espera de que la Cámara alta se expidiera sobre su futuro. Al término de esa reunión, había trascendido que la magistrada analizaba solicitar una licencia de 30 días sin goce de sueldo. 

Figueroa tenía junto a sus pares de sala la definición de las causas conocidas como Hotesur y Los Sauces, en la que está denunciada Cristina Kirchner junto a sus dos hijos, Máximo y Florencia. Así, Casación debe resolver si confirma o no los sobreseimientos que se dictaron.

El proyecto de Juntos por el Cambio

A raíz de la situación de Figueroa, los diputados nacionales de Juntos por el Cambio Pablo Tonelli y Álvaro González presentaron un proyecto de ley que establece que los jueces cesen automáticamente en sus cargos el día que cumplan 75 años de edad o el día del vencimiento en el caso de haberse prolongado la designación; salvo que antes de alcanzar esa edad o de llegada esa fecha hayan sido nuevamente designados por el Poder Ejecutivo con previo acuerdo del Senado.

Al respecto, Tonelli sostuvo: "Evidentemente no basta con lo dispuesto por la Constitución Nacional, ni con el sentido común y la decencia. Hace falta reglamentar el cese de los magistrados a los 75 años para que quede claro que no pueden continuar en funciones luego de cumplir esa edad, salvo trámite completo y previo de prolongación de su designación".

"Para que quede claro: deben cesar en sus funciones, no deben cobrar más su sueldo, no deben ocupar más sus oficinas, y deben dejar todos los privilegios de jueces en actividad", agregó el referente de la coalición opositora. 

Por su parte, González dijo: "Este proyecto viene a dejar de forma clara lo que expresa nuestra constitución en el artículo 99, inciso 4. Queremos con este proyecto evitar interpretaciones especulativas según la conveniencia. Y que el precepto constitucional se interprete tal cual fue su espíritu. Es decir, los jueces que cumplen 75 años de edad cesan en sus funciones ese mismo día, salvo que hayan obtenido el acuerdo de Senado para una nueva designación por 5 años más”.

También se propicia que, una vez producida la vacante automática, el Consejo de la Magistratura deba convocar de inmediato al concurso de oposición y antecedentes destinado a cubrirla, a fin de que suceda en el menor lapso posible.