El Tribunal Oral Federal número dos de la Ciudad de Buenos Aires dio a conocer hoy los fundamentos del fallo que condenó a la vicepresidenta, Cristina Kirchner, y a otra docena de imputados en la causa conocida como "Vialidad".

Los jueces Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y Andrés Basso difundieron la sentencia mediante el sistema informático Lex 100, por el cual tramitan los expedientes y entregaron copias en formato digital a las partes.

El documento se insinúa extenso, de un millar de páginas, y describe minuciosamente lo que los jueces creen que quedó probado a lo largo de un juicio que se extendió durante tres años. 

En diciembre pasado, cuando dieron a conocer las condenas –que incluyen la pena de seis años e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos contra Cristina Kirchner- los magistrados distribuyeron una suerte de adelanto de fundamentos.

En ese resumen, colocaron a la vicepresidenta como la principal responsable y beneficiaria de un sistema de corrupción que consistió en adjudicar 51 contratos de obra pública en la provincia de Santa Cruz al empresario Lázaro Báez, quien creció exponencialmente su patrimonio a la sombra de esas irregularidades.

Los jueces creen que existió "un beneficio ilegítimo a favor de Cristina Fernández de Kirchner y Lázaro Báez", también un "interés manifiesto sobre el plan criminal" por parte de la vicepresidenta, quien participó "en los beneficios económicos producto del delito".

 La condena se limitó al delito de administración fraudulenta y excluyó la figura de la asociación ilícita (el juez Basso se había inclinado por condenar también por esa figura, lo que hubiera significado una pena mayor).

El fallo insiste en que hubo una maniobra fraudulenta para favorecer a Báez y, a través suyo, a la vicepresidenta.

La "maniobra fraudulenta" –según los jueces, en coincidencia con los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola- "perjudicó los intereses de la administración pública".

Toda la estructura del aparato estatal se confabuló para favorecer a las empresas del Grupo Báez, sobre quien el fiscal Luciani dijo reiteradamente: "Báez era Cristina Fernández de Kirchner".

Además de describir las irregularidades detectadas en cada uno de los hechos, el fallo subrayó que para concretar el delito todos los intervinientes "desoyeron deliberadamente las alarmas" administrativas, judiciales y mediáticas.

El fallo es apelable ante la Cámara Federal de Casación Penal y, eventualmente, también ante la Corte Suprema de Justicia, de modo tal que la decisión que fue fundamentada hoy aún no tiene fuerza de cosa juzgada.