Caso Chocobar: por qué la Justicia rechazó el pedido de ser juzgado por jurados
Este viernes, el policía Luis Chocobar iba a ser juzgado por el Tribunal Oral de Menores N°2 en un juicio oral.
Nuevo capítulo en la historia del policía Luis Oscar Chocobar. Sus abogados pidieron este viernes que se postergue el juicio, porque quieren que sea por jurados: solicitaron la suspensión hasta que la Justicia se expida sobre el recurso extraordinario federal que presentaron.
La defensa del acusado, Fernando Soto -ex funcionario del ministerio de Seguridad de Patricia Bullrich- y Luis Cevasco -ex fiscal general de la Capital durante la gestión anterior-, insiste hace meses para que a Chocobar se lo juzgue a través de un Juicio por Jurados.
Chocobar es juzgado por el asesinato de Juan Pablo Kukoc, de 28 años, que en 2017 asaltó y apuñaló a un turista estadounidense en La Boca. También será juzgado el joven acusado de haber sido el cómplice del difunto.
Qué dice la Justicia al pedido de Juicio por Jurados
La Cámara Nacional de Casación Penal ya rechazó ese tipo de juicio. Por su parte, los abogados consideran que la negativa es inconstitucional porque el JxJ está previsto en la Constitución Nacional. Pero no existe una reglamentación para su aplicación a nivel nacional, ni en Capital Federal (donde ocurrió el hecho).
Luego del rechazo de la Casación Nacional, Soto y Cevasco se presentaron ante la Justicia de la Ciudad. Su máxima instancia, el Tribunal Superior de Justicia porteño, tampoco hizo lugar al JxJ (planteo de fondo), pero sí aceptó el recurso de queja interpuesto por denegatoria del de recurso de inconstitucionalidad, oportunamente presentado ante la Casación. Frente a esta situación, los abogados entienden que "se encuentra concedido el trámite formal del recurso de inconstitucionalidad".
Asimismo, consideran que la decisión del Tribunal Superior de Justicia porteño, que rechazó el JxJ, será revisada a través del recurso extraordinario federal.
Por su parte, el Fiscal General de la Ciudad, Juan Bautista Mahiques también solicitó al Máximo Tribunal porteño el rechazo del JxJ. En el dictamen 3/2020 sostuvo: "dispongan la realización de un juicio oral y público conforme con las previsiones del Código Procesal Penal de la Nación".
Ausencia de ley de Juicios por Jurado
"Hay dos proyectos en la Legislatura de la Ciudad para avanzar con el tema. Da la impresión de que existe voluntad política de que suceda", aseguró el juez del Tribunal en lo Criminal N°1 de Necochea, Mario Juliano. Y aclaró: "La Ciudad rechaza el JxJ porque no está reglamentado, y siempre que falta dicha regulación, todas las provincias fallan de esa manera, pese a que la Constitución establezca su obligatoriedad".
Aunque la Carta Magna es clara, el Código Procesal Penal de la Nación - que se utiliza en la Justicia federal y nacional y a Chocobar lo juzga la nacional- solo mencionan este tipo de juicio en nueve oportunidades, pero no establece su obligatoriedad. En cambio, el código determina cómo tramitarán los juicios orales.
La norma, por ejemplo, hace referencia a la integración del tribunal de jurados. "La ley de juicio por jurados determinará la composición, integración, constitución, sustanciación y deliberación del juicio en el que participe un tribunal de jurados", fija el artículo 249. La cuestión central es que esa ley nunca fue sancionada.
¿Los jurados son más benévolos con el imputado?
"Debería existir una ley nacional de JxJ aplicable a la Justicia federal y nacional que funciona en el ámbito de la Ciudad, y a su vez, cada provincia como tiene su sistema de administración de justicia debería establecer su propia ley", explica el abogado especializado en JxJ, Nicolás Vargas. Aclara que Buenos Aires, Chaco, Neuquén, Entre Ríos, Córdoba, Río Negro, Mendoza y Chubut cuentan con sus propia legislación.
Para el juez Juliano, "en el JxJ nadie sabe cómo van a resolver los 12 integrantes porque cada juicio tiene un jurado distinto, no se puede prever lo que va a pasar a diferencia de los fallos de los jueces". Aunque recordó dos ejemplos recientes donde "pareciera que la ciudadanía tiene más compresión que la Justicia profesional", en referencia al carnicero Daniel Oyarzún y al médico Lino Villa Cataldo. Los jurados no los encontraron culpables y quedaron absueltos.