Desde este lunes, los trámites jubilatorios y de pensiones comenzaron a hacerse de forma online. Debido a la cuarentena, las personas no podían jubilarse, pedir la pensión por muerte del cónyuge jubilado o en actividad, ni solicitar la prestación por desempleo porque debían ir a las delegaciones de la ANSES que estaban cerradas.

El Colegio de Abogados de la Capital Federal (CPACF) había reclamado que la ANSES aumentara la cantidad de servicios que prestaba durante el aislamiento obligatorio.

La resolución 192/2020 publicada en el Boletín Oficial dispuso la nueva modalidad.

Además de esos trámites se puede iniciar, a través de la web, la prestación por desempleo, que se suma a los otros ya habilitados por el mismo medio. Como la asignación familiar por prenatal, la de embarazo para protección social y la de maternidad. También la activación de beneficio previsional (rehabilitación del cobro de una jubilación o pensión) y el reclamo de un haber no cobrado de una jubilación o pensión. El promedio de trámites online alcanza los 25.000 por día.

ANSES y el pago de sentencias

"Hasta el momento no pude realizar las jubilaciones online, porque el sistema no funciona bien", sostiene Lucila Celestino, abogada previsionalista. Aunque destaca la labor del organismo durante el período de aislamiento. "ANSES está trabajando un montón con los expedientes administrativos de sentencia y los está pagando", afirma. En ese punto coincide su colega Silvina Arcaro.

Inicio de jubilados y pensiones online. Foto: NA
Inicio de jubilados y pensiones online. Foto: NA

La letrada hace referencia al momento en que la sentencia queda firme y pasa a ANSES, que debe cumplirla y  "forma expedientes administrativos con código 150". Sobre ellos, Celestino explica: "Si los resuelve en forma favorable, paga y así cumple el juicio". Y agrega: "Los está resolviendo favorables, pese a que en los primeros meses del año había reducido los pagos".

En medio de la pandemia, las herramientas digitales se vuelven esenciales, aunque no siempre funcionan. El previsionalista Gustavo Vega intentó iniciar pensiones, aunque sin suerte. "No toma como fallecida a la persona, en una pensión derivada", explica. La cuestión se puede "salvar con un trámite en cualquier unidades de atención integral (UDAI) pero la mayoría están cerradas".

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Situación interna

La atención virtual de la ANSES funciona de 0 a 20 hs. El organismo se comunica con los interesados mediante el correo electrónico, el cual debe estar actualizado en los datos de contacto.

Desde este mes, el organismo reabrirá 36 UDAI, mientras que ya hay abiertas 24 oficinas que atienden al público con un sistema de turnos programados.

En todo el país, ANSES tiene más de 400 delegaciones.
Atención online de 0 a 20hs.
Atención online de 0 a 20hs.

También el organismo brinda asesoramiento sobre jubilaciones y pensiones; subsidio de contención familiar; actualización de datos personales o del grupo familiar; asignaciones universales y familiares por hijo, por nacimiento y adopción; pensión no contributiva para madre de 7 hijos y régimen de reparación económica para las niñas, niños y adolescentes.

Efectos de las jubilaciones digitales en la Justicia

Para iniciar un juicio por reajuste de haberes, antes se necesita haber realizado el reclamo administrativo en la ANSES. "La falta de acceso al reclamo imposibilita llegar al proceso judicial", sostiene Arcaro.

La situación actual generará el inicio de menor cantidad de juicios.

La obligatoriedad de pasar por una etapa administrativa, previa a la vía judicial, aletarga el trámite. "Es un tramite administrativo con muy poco sentido, porque la resolución siempre es desfavorable frente a un reajuste. Pese a que hay precedentes de la Corte Suprema y lo que se pida sea la aplicación al caso particular", sostiene Vega. Y aclara: "Sin embargo, la denegatoria de ANSES es automática".

Expedientes abarrotados en el fuero de la Seguridad Social.
Expedientes abarrotados en el fuero de la Seguridad Social.

Por su parte, Celestino considera que "próximamente se irán generando las nuevas jubilaciones mediante el sistema online, aunque se inicien menos juicios después".

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¿Cómo siguen los juicios?

"De a poco, el fuero trata más cuestiones durante la feria, es lógico que sea así, dado que están involucradas personas que esperan recibir un beneficio social", relata Celestino.

Sin embargo, la abogada explica que pidieron que se trabaje el caso de una señora de 95 años y se lo rechazaron. "También nos negaron habilitar los plazos en un expediente por honorarios. El dinero estaba depositado, por eso apelamos", sostiene.

La imposibilidad de los abogados de cobrar los honorarios ahonda la crisis económica. Sobre esta cuestión, Celestino dice: "Los estudios jurídicos tienen muchos gastos. Podría pensarse que si un juez no se flexibiliza no repara en la realidad de este lado".

Cámara Federal de la Seguridad Social.
Cámara Federal de la Seguridad Social.

En cambio, Vega sostiene que recién en esta última semana comenzó a ver que resolvían habilitaciones de feria, y "ante situaciones excepcionales, como una enfermedad".

Ante el modo "en pausa" del fuero, los abogados reclaman la vuelta a la normalidad del servicio de justicia. "En general, los letrados están enojados porque lo que más interesa son las ejecuciones previsionales y no las habilitan", afirma Arcaro.

"El fuero trata situaciones que no admiten demora. Me habilitaron bastantes expedientes, como amparos de renta vitalicia, pero no reajustes ni ejecuciones, a excepción de que tengas el dinero depositado", dice la especialista en Seguridad Social.

La resolución 22/2020 de la Cámara habilitó a los jueces a que traten más cuestiones urgentes, aparte de las establecidas por la Corte:

  • El juez de feria entenderá también en acciones de amparo y sumarísimo, y medidas cautelares impuestas por cuestiones vinculadas "a la supervivencia y las garantías que hacen a la percepción del mínimo haber alimentario".
  • Los jueces naturales de primera instancia tratarán "pagos de sumas ya depositadas", cualquiera sea el origen dados en pago o embargados. Aunque el magistrado debe considerar que "el estado de la causa lo permita" y debe creer viable la vía remota. También resolverán levantamientos de embargos y/o medidas cautelares, según el juez, en expedientes de ejecuciones de obras sociales y ejecuciones fiscales.