Los detalles de la reforma laboral y la eliminación de la moratoria jubilatoria aprobadas en Diputados
La iniciativa presentada por el Gobierno incluye normas que fueron acordadas con los gremios y la oposición dialoguista.
Luego de meses de negociaciones y de horas de debate en el Congreso, la Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto de Ley Bases, dentro del cual se encuentran las iniciativas de reforma laboral y eliminación de la moratoria jubilatoria.
Pasadas las 11.30, y con 147 votos positivos, el oficialismo consiguió la aprobación del capítulo de la Ley Bases sobre las cuestiones laborales, una serie de modificaciones y reformas que fueron acordadas previamente con la oposición dialoguista y los gremios.
En primer lugar, se ratificó la eliminación del artículo 98 del borrador del Poder Ejecutivo, que establecía penas de 6 meses a 3 años de prisión a quienes bloqueen empresas. Además, no se votó ningún artículo que sancione los bloqueos sindicales que vienen presionando a las empresas desde hace años.
También se excluyeron los artículos sobre las cuotas solidarias, la ultraactividad de los convenios colectivos, la reglamentación del derecho de huelga en los servicios esenciales como la educación y cambios en el régimen del teletrabajo.
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De esta forma, la Ley Bases aprobada propone mantener en seis meses el período de prueba, con la posibilidad de ampliarlo para el caso de las pymes. Podrá ser de ocho meses en las empresas de seis y hasta 100 trabajadores y de hasta un año en las de hasta cinco empleados.
También se modifica el régimen de las multas por trabajo no registrado o mal registrado; estipula un "agravamiento indemnizatorio" en los despidos que, tras una sentencia judicial, se pruebe que fueron motivados por un acto discriminatorio; y establece un régimen simplificado de registración laboral con un aporte único para las empresas de hasta 20 empleados y otro que permite contratar hasta otros cinco trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos las firmas contratantes.
A su vez, el artículo 87 que se refiere a la terciarización laboral indicó: "Los trabajadores serán considerados empleados directos de aquellos que registren la relación laboral, sin perjuicio de haber sido contratados con vistas a utilizar su prestación o de proporcionarlos a terceras empresas. La empresa usuaria será responsable solidaria por las obligaciones laborales y de la seguridad social respecto de los trabajadores proporcionados, exclusivamente respecto de aquellas devengadas durante el tiempo de efectiva prestación para esta última".
Por último, con respecto a la prohibición de trabajar, el artículo 90 señaló que la licencia por maternidad podrá iniciarse hasta 10 días antes de la fecha del parto.
Minutos más tarde se trató en la Cámara baja el capítulo correspondiente a la moratoria jubilatoria. Con 125 votos a favor, 113 en contra y tres abstenciones, se eliminó a través de la votación en particular del título 9 que creó la "Prestación de Retiro Proporcional".
La última moratoria previsional puesta en marcha por el Gobierno de Alberto Fernández permitía que personas que no habían llegado a los 30 años de aportes jubilatorios durante su ejercicio laboral pudieran igualmente acceder a una jubilación mínima, a través de un programa en el que se les iba descontando de las cuotas de los haberes lo correspondiente por los años adeudados.
Frente a esto, el Gobierno de Javier Milei consideró que no es justo para las personas que aportaron durante 30 o más años financiar a aquellas personas que por distintas circunstancias no lo hicieron.
En reemplazo de la moratoria, incluyó un sistema similar a la Pensión Universal a la Adultez Mayor (PUAM) que reconocía el 80% de los haberes de una jubilación mínima para aquellos que no hubieran alcanzado los 30 años de aportes requeridos por regla general.
En conclusión, la nueva "Prestación de Retiro Proporcional" propone otorgar a las personas que no cumplen con los requisitos para jubilarse un proporcional por los años de aportes, con un mínimo del 80% del haber de una jubilación mínima.