La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este lunes el Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI) para inversiones en obras nuevas o con un avance de hasta el 50% para regularizar activos sin tope ni costo.

Sobre la medida, reglamentada a través de la resolución 5549/2024 publicada en el Boletín Oficial de este 19 de agosto, Manuel Adorni detalló que "quienes se inscriban no deberán abrir una cuenta especial", sino que "simplemente" tendrán que "asociar y registrar una cuenta de su titularidad al proyecto".

"Todos los argentinos quedan invitados a regularizar sus activos, sin tope, sin costo", señaló el vocero presidencial en su habitual conferencia de prensa en Casa Rosada, antes de destacar que se trata de "uno de los blanqueos más beneficiosos de toda la historia argentina".

TE PODRÍA INTERESAR:  

El registro tiene como objetivo informar los emprendimientos inmobiliarios "que se hubieran iniciado a partir del 8 de julio de 2024 o que, a dicha fecha, tuvieran un grado de avance inferior al CINCUENTA POR CIENTO (50%) de la finalización de la obra", puntualiza la normativa publicada este lunes.

En tanto, los sujetos alcanzados son los inversores directos, desarrolladores, constructores, vehículos de inversión o contratistas de contratos de locación de obra. Estas personas "deberán efectuar el registro de dichos proyectos, cartera de proyectos y/o contratos en el 'REPI', a efectos de recibir fondos regularizados".

En cuanto al tipo de iniciativas comprendidas por el registro, se encuentran las inversiones directas o indirectas en construcciones de edificios residenciales, no residenciales, rurales, loteo de predios, reformas, ampliaciones, instalaciones, mejoras y todo plan que, "de acuerdo con los códigos de edificación o disposiciones semejantes, se encuentre sujeto a denuncia, autorización o aprobación por autoridad competente".

También se incluyen los "vehículos de inversión o productos de inversión de proyectos inmobiliarios" y los "contratos de locación de obra o de similar naturaleza".

Los sujetos obligados a realizar alguna de las registraciones mencionadas deberán proporcionar a la entidad bancaria el código de registración de la iniciativa inmobiliaria y la constancia de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) asociada a ella, a la cual se realizarán las transferencias de los fondos.

Además, tendrán que utilizar la respectiva "Clave Fiscal" habilitada con Nivel de Seguridad 3, como mínimo; poseer el estado administrativo de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) "Activo: Sin Limitaciones", declarar y mantener actualizado el domicilio fiscal; poseer Domicilio Fiscal Electrónico y registrar alta en algún impuesto.

El ingreso al REPI se efectuará ingresando al servicio "Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI)" disponible en la página de la AFIP, en la que se seleccionará el perfil y el tipo de emprendimiento que corresponda.